La Superintendencia de Sociedades ha publicado para comentarios el proyecto de nueva Circular Básica Jurídica, que sustituirá la normativa vigente y, de forma expresa, derogará las disposiciones actuales sobre SAGRILAFT y PTEE.
Más allá de un ajuste normativo, el nuevo Capítulo 9 introduce un cambio relevante en la manera en que las organizaciones deberán entender y gestionar el cumplimiento, con implicaciones directas en la estructura interna, la toma de decisiones y la relación entre riesgo y estrategia.
Hacia un modelo integrado de compliance en Colombia
Uno de los elementos más destacados es la transición hacia un modelo integrado. Actualmente, muchas compañías gestionan de forma separada los riesgos asociados al lavado de activos, la financiación del terrorismo, la proliferación de armas y la corrupción.
El proyecto propone consolidar estos frentes en un solo sistema de autocontrol y gestión de riesgos, lo que implica una visión más transversal y articulada.
Este cambio no solo responde a tendencias internacionales, sino también a la experiencia supervisora de la entidad, que busca mayor coherencia y efectividad en la aplicación de los sistemas de cumplimiento.
Del cumplimiento formal a la efectividad de los controles
En este nuevo escenario, el enfoque también se desplaza de lo formal a lo sustancial. El régimen vigente establece obligaciones claras, como la designación del Oficial de Cumplimiento, la implementación de procedimientos de debida diligencia y el monitoreo continuo de operaciones.
Sin embargo, el proyecto refuerza la expectativa de que las empresas no solo cumplan con estos requisitos, sino que puedan demostrar que sus sistemas funcionan en la práctica.
Esto supone un cambio importante en la forma de supervisión, donde la efectividad de los controles y la coherencia en la gestión del riesgo tendrán un peso creciente frente al simple cumplimiento documental.
SAGRILAFT: ¿Está su empresa obligada a la implementación?
El nuevo rol estratégico del compliance en las empresas
Otro aspecto relevante es la mayor conexión entre el compliance y el negocio. El nuevo enfoque sugiere que los sistemas de cumplimiento deben estar alineados con la realidad operativa de cada empresa y formar parte de su dinámica estratégica.
Esto implica un mayor involucramiento de la alta dirección, así como la incorporación de criterios de riesgo en decisiones comerciales y operativas.
En la práctica, el cumplimiento deja de ser un componente aislado para convertirse en un elemento que influye directamente en la sostenibilidad y reputación de la organización.
Debida diligencia más amplia para la toma de decisiones
En línea con lo anterior, la debida diligencia también evoluciona en su alcance. Hoy en día, este proceso se enfoca principalmente en el conocimiento de contrapartes desde la perspectiva de riesgos de LA/FT, incluyendo medidas intensificadas para casos como PEP o jurisdicciones de alto riesgo.
Con el nuevo enfoque, se espera que este análisis sea más amplio, incorporando variables reputacionales, éticas y de integridad. Esto convierte la debida diligencia en una herramienta clave para la toma de decisiones, más allá de su función tradicional como requisito regulatorio.
Oficial de Cumplimiento: una función más estratégica
Adicionalmente, el rol del Oficial de Cumplimiento se mantiene como pieza central, pero dentro de un contexto más exigente y articulado. Si bien las responsabilidades básicas continúan, el entorno regulatorio apunta a perfiles con mayor capacidad de análisis integral, interacción con la alta dirección y participación en la gestión estratégica del riesgo.
Esto refleja una evolución natural del rol hacia una función más influyente dentro de la organización.
Aunque la circular aún se encuentra en fase de comentarios, la dirección es clara: el modelo de cumplimiento en Colombia está avanzando hacia esquemas más integrales, exigentes y orientados a resultados.
En este contexto, resulta oportuno que las empresas evalúen desde ahora el estado de sus sistemas actuales, identifiquen oportunidades de integración y analicen qué tan alineados están sus controles con los riesgos reales que enfrentan.
En síntesis, el nuevo Capítulo 9 no solo redefine las reglas del cumplimiento, sino que plantea una forma distinta de entenderlo. Las organizaciones que logren anticiparse a este cambio estarán mejor preparadas para responder a un entorno regulatorio más riguroso y, al mismo tiempo, fortalecerán su capacidad de gestión, resiliencia y sostenibilidad en el largo plazo.

En un entorno regulatorio cada vez más exigente, anticiparse a los cambios en compliance no es solo una ventaja competitiva, sino una necesidad estratégica.
Evaluar la integración de tus sistemas de riesgo, fortalecer la debida diligencia y alinear el cumplimiento con la operación del negocio será clave para responder a esta nueva etapa.
En Russell Bedford podemos acompañarte en la revisión y adaptación de tu modelo de cumplimiento frente a la nueva Circular de Supersociedades, con un enfoque práctico, integral y alineado a la realidad de tu empresa.


















