A fin de mitigar los efectos económicos de la emergencia sanitaria y medidas de protección decretadas por el Covid – 19, el Gobierno Nacional emitió el Decreto 374 de 2021.
Mediante el cual adicionó el parágrafo 4 al Decreto 1680 de 2020, o también llamado “Calendario Tributario del año 2021” aumentando los plazos para el pago de las cuotas de la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios.
Así, “las personas jurídicas clasificadas por ingresos como micro y pequeñas empresas, de conformidad con lo previsto en los artículos 2.2.1.13.2.2. y 2.2.1.13.2.3. del Decreto 1074 de 2015 Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo, deberán pagar las cuotas de la declaración del impuesto sobre la renta del año gravable 2020 (…)”, en los siguientes plazos:
Gerencia de Impuestos
RUSSELL BEDFORD GCT MEDELLÍN