VENCIMIENTO DE PLAZOS
El próximo 30 de noviembre vence la extensión de plazos incorporada en el Decreto 688 de 2020, para solicitar la conciliación administrativa, la terminación por mutuo acuerdo y la aplicación del principio de favorabilidad en el cobro.
Estos beneficios, que fueron incorporados con la Ley 2010, y que permite un descuento de sanciones e intereses en las discusiones que se encuentren abiertas con la DIAN y con los municipios y departamentos que hayan adoptado la medida. Adicionalmente, se incorporó una medida transitoria que permite aplicar una tasa de interés reducida para las deudas tributarias que se paguen antes de esta fecha.
Los beneficios se pueden resumir así:
Conciliación Administrativa (Cuando existe una demanda ante los jueces)
- En los procesos de única o primera instancia, descuento del 80% de intereses y sanciones.
- En los procesos de segunda instancia ante Tribunal o Consejo de Estado, el 70% de intereses y sanciones.
- Cuando solo se discute imposición de sanción en primera o segunda instancia 50% de la sanción.
Terminación por mutuo acuerdo (Cuando existe una discusión en sede administrativa, esto es, ante la DIAN o Secretarías de Hacienda)
- El 80% de las sanciones e intereses, determinados en el Requerimiento Especial, Liquidación Oficial o Resolución que resuelve el recurso de reconsideración.
- El 50% de la sanción en aquellos procesos donde sólo se discute la imposición de una sanción, en las que no hubiere impuestos o tributos a discutir, o devoluciones improcedentes siempre y cuando se pague el 50% de la sanción y el reintegro de los dineros con su respectivo interés.
- El 70% de la sanción e intereses en aquellos procesos donde se discute la sanción por no declarar.
Tasa de intereses reducida
Para deudas que se paguen hasta el 30 de noviembre, se permite aplicar la tasa de interés bancaria corriente (no la tasa de usura menos dos puntos que es lo usual y que se revive a partir del 1 de diciembre), la tasa reducida se disminuye en un 50% adicional, cuando se trate de las actividades más afectadas por la emergencia, como es el caso de los hoteles, servicios de restaurante, transporte aéreo de pasajeros, entre otras.
De esta forma, se invita a revisar si se tiene alguna discusión con la Administración, o en caso de tener deudas pendientes, para que se aproveche esta oportunidad y se puedan acceder a los descuentos de intereses y sanciones mencionados.