VENCIMIENTO DE MEDIDAS ADUANERAS
El Ministerio de Comercio Industria y Turismo, profirió los Decretos 410, 462 y 463 del 2020 mediante los cuales se tomaban medidas en materia aduanera, sin embargo, la vigencia de estos decretos finaliza y termina la aplicabilidad de estas normas según veremos a continuación.
Decreto 410 del 16 de marzo de 2020
A través de este Decreto se estableció un arancel del 0%, entre otros, para los siguientes productos: Oxigeno, guantes, manoplas, caretas, trajes médicos desechables, jabón, productos de limpieza y desinfección, instrumentos de ortopedia, aparatos quirúrgicos, vidrio templado, tapabocas, respiradores, entre otros.
La vigencia del Decreto 410 del 16 de marzo de 2020 es de 6 meses contados a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial, por lo tanto, este tuvo aplicación hasta el 16 de septiembre del año 2020.
Decreto 462 del 22 de marzo de 2020
Mediante este decreto se prohibió la exportación de los productos clasificados en las subpartidas arancelarias señalados en el artículo 1 de este decreto (productos farmacéuticos, alcohol, jabón, productos de limpieza, papel higiénico, entre otros). Igualmente se prohibió la exportación o reexportación de productos (guantes, mitones, manoplas, instrumentos de medicina para cirugía odontológica o veterinaria, aparatos de electrodiagnóstico, entre otros).
Este decreto tiene una vigencia de 6 meses contados a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial. Posterior a esta fecha, las exportaciones o reexportaciones de estos productos se normaliza.
Decreto 463 del 22 de marzo de 2020
Las partidas arancelarias señaladas en el artículo 1 del decreto correspondientes a: plástico manufacturado, vestidos médicos desechables, tapabocas, guantes, manoplas, jabón, productos de limpieza y desinfección, caucho manufacturado, entre otros, tendrán un arancel a tarifa del 0% durante los 6 meses siguientes contados a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial, por lo que este decreto tuvo vigencia hasta el 22 de septiembre del año 2020. Pasada esta fecha las tarifas arancelarias se restablecen al valor que se usaba antes de la expedición de esta norma.
Si usted como importador/exportador se encuentra interesado en adquirir mayor información respecto a las consecuencias o tratamientos que deben aplicar a sus importaciones o exportaciones de productos que se hayan visto favorecidos por los decretos señalados con antelación, comuníquese con nosotros para realizar una video conferencia gratuita en la que analizaremos su situación en concreto con el fin de despejar sus inquietudes.