Beneficio de Auditoría

¿Es Contribuyente Del Impuesto De Renta Y Complementarios, Pero No Sabe En Que Consiste El Beneficio De Auditoría?

Con el artículo 51 de la ley 2155 del 2021 que añadió el articulo 689-3 del ET se establece la vigencia del Beneficio de auditoría para los periodos 2022 y 2023.

Este beneficio es un incentivo tributario cuyo objetivo principal es evitar la evasión y la elusión fiscal de los contribuyentes del impuesto de renta y complementarios. Consiste básicamente en otorgar seguridad jurídica al contribuyente que incremente su tasa de tributación con base en el año anterior en los porcentajes mínimos fijados por la ley, es decir, se acelera la firmeza de la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios, siempre que se cumpla con los criterios exigidos para ello.

El beneficio de auditoría reduce el tiempo de firmeza de la declaración de renta de los contribuyentes del impuesto de renta, tanto nacionales como extranjeros que incrementaron su tasa de tributación y cumplieron con las condiciones establecidas en el Estatuto Tributario (ET) para acogerse a este. En otras palabras, la DIAN renuncia al término ordinario para ejercer funciones de fiscalización e investigación reduciendo este término de 3 años a 6 y/o 12 meses según el caso.

Con base en el artículo 689-3 del ET para los periodos gravables del 2022 y 2023, la condición para que los contribuyentes puedan optar por el beneficio de auditoría se establecen así:

TÉRMINO DE FIRMEZA 1

¿Qué debe hacer?

  1. Incrementar su Impuesto neto de renta en por lo menos un porcentaje mínimo del treinta y cinco por ciento 35% en relación con el Impuesto neto de renta del año anterior.
  2. Presentar la declaración en debida forma y de manera oportuna.
  3. Realizar el pago en los plazos que para tal efecto fije el Gobierno Nacional.

Condiciones:

Que, dentro del término de los seis 6 meses siguientes a su presentación, no se hubiere notificado:

  • Emplazamiento para corregir
  • Requerimiento especial
  • Emplazamiento especial, o
  • Liquidación provisional

Beneficio que se obtiene:

De cumplirse el criterio anterior, el contribuyente tendrá un tiempo de firmeza en la declaración de seis (6) meses siguientes a la fecha de su presentación.

TÉRMINO DE FIRMEZA 2

Requisitos:

  • Incrementar su Impuesto neto de renta en por lo menos un porcentaje mínimo del Veinticinco por ciento 25% en relación con el Impuesto neto de renta del año anterior
  • Presentar la declaración en debida forma y de manera oportuna
  • Realizar el pago en los plazos que para tal efecto fije el Gobierno Nacional

Condiciones:

Que, dentro del término de los doce 12 meses siguientes a su presentación, no se hubiere notificado

  • Emplazamiento para corregir
  • Requerimiento especial
  • Emplazamiento especial, o
  • Liquidación provisional

Beneficio que se obtiene:

De cumplirse el criterio anterior, el contribuyente tendrá un tiempo de firmeza en la declaración de doce (12) meses siguientes a la fecha de su presentación.

Indica la norma que en el caso de los contribuyentes que en los años anteriores al periodo en que pretende acogerse al beneficio de auditoría, no presentaron declaración de renta y complementarios, pero cumplan con esta obligación dentro de los plazos que señale el Gobierno nacional para presentar las declaraciones correspondientes al período gravable 2022, una vez cumplido todos los requisitos adicionales a este, les serán aplicables los términos de firmeza de la liquidación, para ello deben incrementar el impuesto neto de renta a cargo por dichos períodos en los porcentajes de que trata el mencionado artículo.

Respecto a aquellas declaraciones que registren saldo a favor, se debe tener en cuenta que el término para solicitar la devolución y/o compensación será el previsto en dicho artículo, para la firmeza de la declaración, lo que implica que no se contará con el término ordinario para ejecutar dichas solicitudes.

En cuanto a la improcedencia o pérdida del beneficio, el estatuto tributario es claro en establecer que los términos de firmeza no le son aplicables a las declaraciones privadas del impuesto sobre las ventas y de retención en la fuente por los períodos comprendidos en los años 2022 y 2023, las cuales deben regirse en esta materia por lo previsto en los artículos 705 y 714 del Estatuto Tributario, es decir, que el beneficio de auditoría sólo es procedente en el impuesto de renta y complementarios. Además, la norma señala unas causales taxativas para que el beneficio de auditoría se convierta en improcedente para el contribuyente y/o se pierda en caso de haber aplicado, para mayor claridad sobre el tema, es este beneficio no es aplicable para los contribuyentes que gocen de beneficios tributarios en razón a su ubicación en una zona geográfica determinada, por ejemplo, zonas más Afectadas por el Conflicto (ZOMAC), Zonas Francas y Zonas Especiales Económicas de Exportación -ZEEE)., como tampoco procederá cuando se demuestre que las retenciones en la fuente declaradas por el contribuyente son inexistentes, por último, no podrá aspirarse a la aplicación del beneficio de auditoría cuando el impuesto neto sobre la renta de la declaración correspondiente al año gravable frente al cual debe cumplirse el requisito del incremento sea inferior a 71 UVT. Es importante que el contribuyente valide si efectivamente cumple con todos los requisitos que exige la norma antes de aplicar a dicho incentivo y así procurará evitar la pérdida o la improcedencia de este.

Santiago Pineda
Semi Junior Profesional Auditoría
Russell Bedford DSA

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Alexandra Arbeláez CardonaSOCIA IMPUESTOS, LEGAL Y PRECIOS EN RUSSELL BEDFORD RBG

Profesional de la Contaduría Pública especializada en Derecho Tributario, con fortaleza en los temas de consultoría, precios de transferencia, auditoria y planeación tributaria producto de una experiencia profesional de más de 15 años. Se ha desempeñado como Consultora y Auditora de Impuestos así como de Revisora Fiscal en diferentes compañías de los sectores de: Sísmica, hotelero, hidrocarburos, Informático y Comunicaciones, Industrial, Inmobiliario, Comercial, Consultoría, Veterinario, Corporaciones sin ánimo de lucro, Entretenimiento entre otros.

Didier Sánchez ReinosoSOCIO FUNDADOR / CEO RUSSELL BEDFORD DSA

Profesional de la Contaduría Pública con énfasis en auditoria. Especialización en revisoría fiscal y contraloría, certificado en auditoria internacional por el ACCA, NIIF Plenas y formación académica continua a través de diplomados, cursos y seminarios.

35 años de experiencia en diferentes sectores de la economía colombiana: comercial, educativo, construcción, eclesiástico, salud, industrial, servicios, corporaciones, fundaciones, ONG, PH, proyectos de cooperación internacional, entre otros. También ha sido consultor y asesor en más de 500 organizaciones en temas de implementación NIIF y auditorías internas y externas.

Carolina MontesSOCIA RUSSELL BEDFORD MCA

 

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Experiencia de más de 20 años en firmas multinacionales de Auditoría y Consultoría, amplia experiencia en los sectores: Manufacturero, Agroindustrial, Construcción, Salud, Financiero, Servicios y otros.

Docente Universitario en los programas de Especialización y Maestría de: Universidad ICESI, Universidad del Valle, Pontificia Universidad Javeriana, Universidad del Norte, Universidad Santo Tomas, Universidad Jorge Tadeo Lozano, entre otras.

Miembro de la Junta Directiva de ACOPI Valle del Cauca.

Miembro del Comité Técnico de NIIF del Instituto Colombiano de Contadores Públicos (INCP).

Gloria Stella Castaño ToroSOCIA FUNDADORA DE RUSSELL BEDFORD GCT

Encargada de la dirección de Russell Bedford GCT, encargada del seguimiento y ejecución de los proyectos de las diferentes áreas de la firma. Cuenta con una amplia experiencia en Auditoría e Impuestos. Contadora Pública de la Universidad Autónoma Latinoamericana, especialista en Revisoría Fiscal, con estudios complementarios en Impuestos, NIIF y NIAS, certificada internacional en NIIF Plenas por el ICAEW.

Rodrigo Augusto ValenciaSOCIO AUDITORÍA EN RUSSELL BEDFORD MCA

Contador público, MBA con énfasis en Finanzas, Certificación IFRS (NIIF) – ICAEW y ACCA, Certificación ISA (Normas Internacionales de Auditoría) – ACCA, 20 años de experiencia en firmas multinacionales de Auditoría y Consultoría, trayectoria internacional en revisiones de la práctica de auditoría, en países de Suramérica y el Caribe, sus principales áreas de competencia son: la auditoría de estados financieros, asesoría en implementación de IFRS, trabajos varios de aseguramiento y Due Diligence. Docente Universitario en los programas de Especialización y Maestría de Universidad ICESI y la Pontificia Universidad Javeriana de Cali.

Luis Carlos Robayo HigueraSOCIO DIRECTOR DE RUSSELL BEDFORD RBG

Miembro del comité de Russell Bedford Internacional. Profesional de la Contaduría Pública especialista en impuestos, con fortaleza en los temas de consultoría, auditoria y planeación tributaria producto de una experiencia profesional de más de 30 años, combinada con la práctica como docente de pre-grado y pos-grado en diferentes universidades de país, en temas como impuesto a la renta, retención en la fuente, planeación y auditoria tributaria. Con experiencia en planeación y dirección de proyectos de auditoria e implantación de sistemas de información financiera. Ha ejercido el cargo de Revisor Fiscal y consultor tributario en varias empresas del país.

Wilmer A. Román SánchezSOCIO RUSSELL BEDFORD DSA

Profesional de la Contaduría Pública con énfasis en Derecho Tributario, candidato a título de Derecho con fortaleza en los temas de consultoría, planeación tributaria, banca de inversión en proyecciones financieras y derecho societario a través de una experiencia de diez años. Consultor de Impuestos y finanzas, asesor en temas mercantiles en diferentes compañías en los sectores: naval, industrial, hotelero, construcción, entidades sin ánimo de lucro, PH, Inmobiliario, Comercial, Consultoría.

Roger Román SánchezSOCIO RUSSELL BEDFORD DSA

Profesional de la contaduría Pública, candidato a título de Derecho, certificado en IFRS FULL e IFRS para Pymes por el ICAEW de Londres Inglaterra. Diez años de experiencia como consultor en materia tributaria de importantes empresas de la zona norte de Colombia, docente con más de 400 horas de experiencia como conferencista para entidades como Cámara de Comercio de Barranquilla, Cartagena, Fenalco Magdalena, Atlántico, Acopi, INCP, Universidades, proyectos de cooperación internacional, escritor para la firma Russell Bedford DSA®

Carlos A. Linares VargasSOCIO AUDITORIA EN RUSSELL BEDFORD RBG

Contador Público especialista en Auditoría y control. Cuenta con más de 20 años de experiencia en los procesos de aseguramiento financiero, se desempeña actualmente como socio en la práctica de auditoria en la firma Russell Bedford Colombia SAS., de igual forma ha trabajado en diferentes firmas multinacionales de auditoria como Crowe Horwath CO S.A, Price Water House Copers, Arthur Andersen y firmas nacionales como Auditar Ltda., auditando empresas y organizaciones en diferentes sectores económicos. Trabajó en la Superintendencia Financiera de Colombia en el área de riesgo crediticio supervisando los niveles de riesgo cartera del sector financiero, participando como jefe de visita principalmente en los bancos: BBVA, CitiBank, y entidades Cooperativas en la ciudad de Medellín.

Daniel Eduardo Sánchez CastellarSOCIO RUSSELL BEDFORD DSA

Profesional de la Contaduría Pública con énfasis en impuestos y candidato a título de Derecho. Se ha desempeñado como analista financiero, asesor y consultor en materia tributaría para personas naturales y jurídicas tanto nacionales como extranjeras con seis años de experiencia en diversos sectores.

Norela Jiménez M.SOCIA RUSSELL BEDFORD COLOMBIA S.A.S.

Contadora Pública, especialista en Gestión de Riesgos Financieros, con certificación IFRS (NIIF) – ICAEW y certificación NIAS – ISAS (Normas Internacionales de Auditoría)–ACCA.

Su actividad académica comprende sesiones de aprendizaje con clientes, en instituciones gremiales y diplomados en Universidades donde se destaca la Universidad del Pacífico en Lima.

Socia de la Firma Russell Bedford, con más de 25 años de experiencia internacional en firmas multinacionales de Auditoría y Consultoría (Big Four), con amplia experiencia en: Banca Central, Banca Comercial, Seguros, Fiducia, Banca Multilateral, Sectores de Manufactura, Farmacéutico, Agricultura y de Servicios en Colombia y en Perú. Líder de la Industria Financiera para Región Andina.

Miembro del Comité Técnico de Asobancaria y del Colegio de Contadores Públicos de Lima. Sus principales áreas de competencia son: La auditoría de estados financieros, consultoría contable, trabajos varios de aseguramiento y Due Diligence, Procedimientos acordados y trabajos especiales de consultoría sobre mejora en rentabilidad.

David López CastañoSOCIO DE RUSSELL BEDFORD GCT

Líder administrativo de Russell Bedford GCT y de los proyectos del área Financiera, Banca de Inversión y BPO de la firma. Amplia experiencia en el área de Finanzas Corporativas, Valoración de Empresas e Intangibles y Valoración de Proyectos. Contador Público y Administrador de Negocios de la Universidad EAFIT, especialista y magister en Gerencia de Proyectos con estudios complementarios en Gerencia Financiera, docente de Finanzas en la Universidad Autónoma Latinoamericana.