Combinación de Negocios

Se mide bajo los parámetros de:

Norma Internacional de Información Financiera Plenas:     NIIF 3

Norma Internacional de Información Financiera Pymes:     Sección 19

Una combinación de negocios ocurre cuando los activos adquiridos y pasivos asumidos constituyen un negocio.

Si no representan un negocio, se reconoce como una compra de activos.

NIIF 3 no es aplicable a:

a. La formación de un negocio conjunto.

b. La adquisición de un activo o de un grupo de activos que no constituya un negocio.

c. Una combinación de entidades o negocios bajo control común

Una combinación de negocios puede estructurarse de diferentes formas por motivos legales, fiscales o de otro tipo.

Es la operación de reunir empresas independientes en una sola entidad económica, lo que da como resultado que una de las empresas obtenga el control sobre los activos netos y operaciones de la misma.

Para que se aplique la Norma bajo combinación de negocios debe de tratarse de que una entidad adquiera el control de otra entidad que ejerza actividad económica, es decir, que los activos adquiridos y los pasivos asumidos constituyan un negocio. Cuando los activos adquiridos no sean un negocio, la entidad que informa contabilizará la transacción o el otro suceso como la adquisición de un activo.

El objetivo de esta NIIF es mejorar la relevancia, la fiabilidad y la comparabilidad de la información sobre combinaciones de negocios y sus efectos, que una entidad que informa proporciona a través de su estado financiero. Para lograrlo, esta NIIF establece principios y requerimientos sobre la forma en que la entidad adquirente:

a. Reconocerá y medirá en sus estados financieros los activos identificables adquiridos, los pasivos asumidos y cualquier participación no controladora en la entidad adquirida;

b. Reconocerá y medirá la plusvalía adquirida en la combinación de negocios o una ganancia procedente de una compra en condiciones muy ventajosas; y

c. Determinará qué información se ha de revelar para permitir a los usuarios de los estados financieros evaluar la naturaleza y los efectos financieros de la combinación de negocios.

En cada combinación de negocios, una de las entidades que se combinan deberá identificarse como la adquirente y contabilizará cada combinación de negocios mediante la aplicación del método de la adquisición.

Para efectuar el reconocimiento de una combinación de negocios se deben cumplir con lo siguiente:

1. Identificación del adquiriente.

2. Medición del costo de la combinación de negocio.

3. Distribuir el costo de la combinación de negocios entre los activos identificables.

4. Reconocer la plusvalía en la adquisición. Determinar el crédito mercantil o ganancia por compra en términos muy ventajosos

5. Ajustar la medición dentro del primer año posterior a la adquisición.

Crédito Mercantil

Una vez identificados los activos y pasivos y medidos a su valor razonable, se debe determinar la diferencia entre el costo de la combinación y el valor neto de los activos identificables adquiridos y los pasivos asumidos. Esta diferencia se calculará en la fecha de adquisición.

Si la diferencia resulta positiva, surge un crédito mercantil que se contabilizará en el activo del balance como un activo intangible. Por tanto, en este caso, el costo de la combinación de negocios es superior a la parte proporcional del patrimonio neto.

Si la diferencia es negativa, se reconocerá esa diferencia como un ingreso en la cuenta de resultados, como diferencia negativa en combinaciones de negocios.

Si surge un activo contingente o un activo intangible para los que no exista mercados activos, de su valor razonable se restará la diferencia negativa de consolidación.

Es importante indicar que el crédito mercantil, no se amortizará, sin embargo, se debe analizar anualmente, su posible deterioro.

El crédito mercantil presenta la característica de no ser un activo identificable, por lo tanto, no se podrá incluir entre los activos identificables adquiridos y los pasivos asumidos por la sociedad absorbente.

El crédito mercantil reconocido es exclusivamente el correspondiente a la sociedad adquirente o absorbente.

Principio de Medición:

Al efectuar el proceso de combinación del negocio, se debe obtener los estados financieros del adquiriente y la adquirida.

Una combinación de negocios se contabiliza utilizando el método de compra. Método apropiado cuando una entidad obtiene el control de uno o más negocios.

No aplica a combinaciones bajo control común.

La adquirente medirá los activos identificables adquiridos y los pasivos asumidos a sus valores razonables en la fecha de su adquisición., es decir, al precio que sería recibido por vender un activo o pagado por transferir un pasivo en una transacción ordenada entre participantes del mercado en la fecha de la medición.

Para cada combinación de negocios, la adquirente medirá en la fecha de adquisición los componentes de las participaciones no controladoras en la adquirida que son participaciones en la propiedad actual y que otorgan a sus tenedores el derecho a una participación proporcional en los activos netos de la entidad en el caso de liquidación:

a. Valor razonable; o

b. A la participación proporcional de los instrumentos de propiedad actuales en los importes reconocidos de los activos netos identificables de la adquirida.

Todos los demás componentes de las participaciones no controladoras se medirán al valor razonable en sus fechas de adquisición, a menos que se requiera otra base de medición por las NIIF.

Periodo de medición:

Es aquél tras la fecha de adquisición durante el cual la adquirente puede ajustar los importes provisionales reconocidos en una combinación de negocios. El periodo de medición proporciona a la adquirente un plazo razonable para obtener la información necesaria para identificar y medir, en la fecha de la adquisición:

a. Los activos identificables adquiridos, los pasivos asumidos y cualquier participación no controladora en la adquirida;

b. La contraprestación transferida a la adquirida (o el otro importe utilizado para medir la plusvalía);

c. En una combinación de negocios realizada en etapas, la participación en el patrimonio de la adquirida anteriormente tenida por la adquirente;

d. La plusvalía resultante o la ganancia por una compra realizada en condiciones muy ventajosas.

Otras consideraciones

      • En el EEFF separado (individual) la inversión se registra al costo (contraprestación transferida) de acuerdo con NIC 27.
      • Los costos relacionados con la adquisición son gasto del periodo, v.g. honorarios de búsqueda, asesoramiento/consultoría jurídica, contable, de valoración, gastos administrativos.
      • Requiere revelar naturaleza e impacto financiero de combinaciones realizadas después de la fecha de corte del EEFF y antes de la aprobación para su emisión.
      • Se debe mantener en forma extracontable o en el sistema, el EEFF utilizado en la combinación, este debe ser retomado y actualizado (depreciación, deterioro, etc) para ser incluido en el EEFF consolidado anual.
      • La adquirente reconocerá y medirá un activo o un pasivo por impuestos diferidos que surjan de los activos adquiridos y de los pasivos asumidos en una combinación de negocios de acuerdo con la NIC 12 Impuesto a las Ganancias.
      • La adquirente contabilizará los efectos fiscales potenciales de las diferencias temporarias y de las compensaciones tributarias de una adquirida que existan en la fecha de la adquisición y que surjan como resultado de ésta de acuerdo con la NIC 12.
      • La adquirente reconocerá y medirá un pasivo (o un activo, si lo hubiera) relacionado con acuerdos de beneficios a los empleados de la adquirida de acuerdo con la NIC 19 Beneficios a los Empleados.

Norma Internacional de Información Financiera Pymes:     Sección 19

Esta sección especifica la contabilidad de todas las combinaciones de negocios excepto:

a. Las combinaciones de entidades o negocios bajo control común. El control común significa que todas las entidades o negocios que se combinan están controlados, en última instancia, por una misma parte, tanto antes como después de la combinación de negocios, y que ese control no es transitorio.

b. La formación de un negocio conjunto.

c. La adquisición de un grupo de activos que no constituye un negocio.

Todas las combinaciones de negocios deberán contabilizarse aplicando el método de la adquisición. La aplicación del método de la adquisición involucra los siguientes pasos:

a. Identificación de una adquirente.

b. Medición del costo de la combinación de negocios.

c. Distribución, en la fecha de adquisición, del costo de la combinación de negocios entre los activos adquiridos y los pasivos, y las provisiones para los pasivos contingentes asumidos.

En todas las combinaciones de negocios deberá identificarse una adquirente. La adquirente es la entidad que se combina que obtiene el control de las demás entidades o negocios objeto de la combinación. Control es el poder para dirigir las políticas financieras y de operación de una entidad, con el fin de obtener beneficios de sus actividades. El control de una entidad sobre otra se describe en la Sección 9 Estados Financieros Consolidados y Separados.

Generalmente existen indicaciones que revelan que existe una Adquiriente cuando:

a. Si el valor razonable de una de las entidades que se combinan es significativamente mayor que el de la otra entidad que se combina, es probable que la adquirente sea la de mayor valor razonable.

b. Si la combinación de negocios se efectúa a través de un intercambio de instrumentos ordinarios de patrimonio con derecho a voto, por efectivo u otros activos, es probable que la adquirente sea la entidad que entregue el efectivo o los otros activos.

c. Si la combinación de negocios da lugar a que la gerencia de una de las entidades que se combinan es capaz de controlar la selección del equipo de dirección de la entidad combinada resultante, es probable que la entidad cuya gerencia es capaz de ejercer este control sea la adquirente.

La adquirente medirá el costo de la combinación de negocios como la suma de:

a. Los valores razonables, en la fecha de intercambio, de los activos entregados, los pasivos incurridos o asumidos y los instrumentos de patrimonio emitidos por la adquirente a cambio del control de la entidad adquirida; más

b. cualquier costo directamente atribuible a la combinación de negocios.

Pasivos contingentes

La adquirente solo reconocerá una provisión para un pasivo contingente de la adquirida por separado si su valor razonable puede medirse con fiabilidad. Si su valor razonable no puede medirse de forma fiable

a. Se producirá un efecto en el importe reconocido como plusvalía

b. La adquirente revelará información sobre ese pasivo contingente como requiere la Sección 21.

Plusvalía

La adquirente, en la fecha de adquisición:

a. Reconocerá como un activo la plusvalía adquirida en una combinación de negocios, y

b. Medirá inicialmente esa plusvalía a su costo, siendo éste el exceso del costo de la combinación de negocios sobre la participación de la adquirente en el valor razonable neto de los activos, pasivos y pasivos contingentes identificables reconocidos de acuerdo con el párrafo 19.14.

Después del reconocimiento inicial, la adquirente medirá la plusvalía adquirida en una combinación de negocios al costo menos la amortización acumulada y las pérdidas por deterioro del valor acumuladas:

a. Si una entidad no puede hacer una estimación fiable de la vida útil de la plusvalía, se supondrá que dicha vida útil es de diez años.

b. Una entidad seguirá la Sección 27 Deterioro del Valor de los Activos para el reconocimiento y medición del deterioro del valor de la plusvalía.

Información a revelar

Para cada combinación de negocios efectuada durante el periodo, la adquirente revelará la siguiente información:

a. Los nombres y descripciones de las entidades o negocios combinados.

b. La fecha de adquisición.

c. El porcentaje de instrumentos de patrimonio con derecho a voto adquiridos.

d. El costo de la combinación, y una descripción de los componentes de éste (tales como efectivo, instrumentos de patrimonio e instrumentos de deuda).

e. Los importes reconocidos, en la fecha de adquisición, para cada clase de activos, pasivos y pasivos contingentes de la adquirida, incluyendo la plusvalía.

f. El importe de cualquier exceso reconocido en el resultado del periodo y la partida del estado del resultado integral (y el estado de resultados, si se presenta) en la que esté reconocido dicho exceso.

Para todas las combinaciones de negocios

La adquirente revelará información sobre una conciliación del importe en libros de la plusvalía al principio y al final del periodo, mostrando por separado:

a. Los cambios que surgen de las nuevas combinaciones de negocios.

b. Las pérdidas por deterioro del valor.

c. Las disposiciones de negocios adquiridos previamente.

d. Otros cambios.

No es necesario presentar esta conciliación para periodos anteriores.

James Alberto Vergara Cifuentes
Gerente de Auditoría
Russell Bedford

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Alexandra Arbeláez CardonaSOCIA IMPUESTOS, LEGAL Y PRECIOS EN RUSSELL BEDFORD RBG

Profesional de la Contaduría Pública especializada en Derecho Tributario, con fortaleza en los temas de consultoría, precios de transferencia, auditoria y planeación tributaria producto de una experiencia profesional de más de 15 años. Se ha desempeñado como Consultora y Auditora de Impuestos así como de Revisora Fiscal en diferentes compañías de los sectores de: Sísmica, hotelero, hidrocarburos, Informático y Comunicaciones, Industrial, Inmobiliario, Comercial, Consultoría, Veterinario, Corporaciones sin ánimo de lucro, Entretenimiento entre otros.

Didier Sánchez ReinosoSOCIO FUNDADOR / CEO RUSSELL BEDFORD DSA

Profesional de la Contaduría Pública con énfasis en auditoria. Especialización en revisoría fiscal y contraloría, certificado en auditoria internacional por el ACCA, NIIF Plenas y formación académica continua a través de diplomados, cursos y seminarios.

35 años de experiencia en diferentes sectores de la economía colombiana: comercial, educativo, construcción, eclesiástico, salud, industrial, servicios, corporaciones, fundaciones, ONG, PH, proyectos de cooperación internacional, entre otros. También ha sido consultor y asesor en más de 500 organizaciones en temas de implementación NIIF y auditorías internas y externas.

Carolina MontesSOCIA RUSSELL BEDFORD MCA

 

Certificada en NIIF y NICSP ante el Instituto de Contadores Públicos de Londres y Gales (ICAEW y ACCA), Certificada Internacionalmente en Normas Internacionales de Auditoría (NIAS).

Experiencia de más de 20 años en firmas multinacionales de Auditoría y Consultoría, amplia experiencia en los sectores: Manufacturero, Agroindustrial, Construcción, Salud, Financiero, Servicios y otros.

Docente Universitario en los programas de Especialización y Maestría de: Universidad ICESI, Universidad del Valle, Pontificia Universidad Javeriana, Universidad del Norte, Universidad Santo Tomas, Universidad Jorge Tadeo Lozano, entre otras.

Miembro de la Junta Directiva de ACOPI Valle del Cauca.

Miembro del Comité Técnico de NIIF del Instituto Colombiano de Contadores Públicos (INCP).

Gloria Stella Castaño ToroSOCIA FUNDADORA DE RUSSELL BEDFORD GCT

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Miembro del comité de Russell Bedford Internacional. Profesional de la Contaduría Pública especialista en impuestos, con fortaleza en los temas de consultoría, auditoria y planeación tributaria producto de una experiencia profesional de más de 30 años, combinada con la práctica como docente de pre-grado y pos-grado en diferentes universidades de país, en temas como impuesto a la renta, retención en la fuente, planeación y auditoria tributaria. Con experiencia en planeación y dirección de proyectos de auditoria e implantación de sistemas de información financiera. Ha ejercido el cargo de Revisor Fiscal y consultor tributario en varias empresas del país.

Wilmer A. Román SánchezSOCIO RUSSELL BEDFORD DSA

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Roger Román SánchezSOCIO RUSSELL BEDFORD DSA

Profesional de la contaduría Pública, candidato a título de Derecho, certificado en IFRS FULL e IFRS para Pymes por el ICAEW de Londres Inglaterra. Diez años de experiencia como consultor en materia tributaria de importantes empresas de la zona norte de Colombia, docente con más de 400 horas de experiencia como conferencista para entidades como Cámara de Comercio de Barranquilla, Cartagena, Fenalco Magdalena, Atlántico, Acopi, INCP, Universidades, proyectos de cooperación internacional, escritor para la firma Russell Bedford DSA®

Carlos A. Linares VargasSOCIO AUDITORIA EN RUSSELL BEDFORD RBG

Contador Público especialista en Auditoría y control. Cuenta con más de 20 años de experiencia en los procesos de aseguramiento financiero, se desempeña actualmente como socio en la práctica de auditoria en la firma Russell Bedford Colombia SAS., de igual forma ha trabajado en diferentes firmas multinacionales de auditoria como Crowe Horwath CO S.A, Price Water House Copers, Arthur Andersen y firmas nacionales como Auditar Ltda., auditando empresas y organizaciones en diferentes sectores económicos. Trabajó en la Superintendencia Financiera de Colombia en el área de riesgo crediticio supervisando los niveles de riesgo cartera del sector financiero, participando como jefe de visita principalmente en los bancos: BBVA, CitiBank, y entidades Cooperativas en la ciudad de Medellín.

Daniel Eduardo Sánchez CastellarSOCIO RUSSELL BEDFORD DSA

Profesional de la Contaduría Pública con énfasis en impuestos y candidato a título de Derecho. Se ha desempeñado como analista financiero, asesor y consultor en materia tributaría para personas naturales y jurídicas tanto nacionales como extranjeras con seis años de experiencia en diversos sectores.

Norela Jiménez M.SOCIA RUSSELL BEDFORD COLOMBIA S.A.S.

Contadora Pública, especialista en Gestión de Riesgos Financieros, con certificación IFRS (NIIF) – ICAEW y certificación NIAS – ISAS (Normas Internacionales de Auditoría)–ACCA.

Su actividad académica comprende sesiones de aprendizaje con clientes, en instituciones gremiales y diplomados en Universidades donde se destaca la Universidad del Pacífico en Lima.

Socia de la Firma Russell Bedford, con más de 25 años de experiencia internacional en firmas multinacionales de Auditoría y Consultoría (Big Four), con amplia experiencia en: Banca Central, Banca Comercial, Seguros, Fiducia, Banca Multilateral, Sectores de Manufactura, Farmacéutico, Agricultura y de Servicios en Colombia y en Perú. Líder de la Industria Financiera para Región Andina.

Miembro del Comité Técnico de Asobancaria y del Colegio de Contadores Públicos de Lima. Sus principales áreas de competencia son: La auditoría de estados financieros, consultoría contable, trabajos varios de aseguramiento y Due Diligence, Procedimientos acordados y trabajos especiales de consultoría sobre mejora en rentabilidad.

David López CastañoSOCIO DE RUSSELL BEDFORD GCT

Líder administrativo de Russell Bedford GCT y de los proyectos del área Financiera, Banca de Inversión y BPO de la firma. Amplia experiencia en el área de Finanzas Corporativas, Valoración de Empresas e Intangibles y Valoración de Proyectos. Contador Público y Administrador de Negocios de la Universidad EAFIT, especialista y magister en Gerencia de Proyectos con estudios complementarios en Gerencia Financiera, docente de Finanzas en la Universidad Autónoma Latinoamericana.