Del Compromiso Internacional a la Acción Empresarial: Así impacta el Convenio 190 de la OIT en las Organizaciones Colombianas

Convenio 190 OIT en Colombia: impacto en las empresas y prevención de violencia y acoso laboral Russell Bedford, Bogotá, Medellín, Cali, Barranquilla, Cartagena.

El pasado 4 de agosto de 2025, el Congreso de la República expidió la Ley 2528 de 2025, mediante la cual se aprueba el Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), adoptado en la ciudad de Ginebra el 21 de junio de 2019.

Este instrumento internacional representa un hito en la protección de los derechos laborales, al ser el primer tratado global que reconoce el derecho de toda persona a un entorno laboral libre de violencia y acoso, incluyendo la violencia basada en género.

¿Qué establece el Convenio 190 de la OIT?

El Convenio 190 redefine el concepto de “violencia y acoso en el mundo del trabajo”, incorporando no solo el acoso laboral tradicional, sino también el acoso sexual, la violencia psicológica, física y económica.

Su enfoque es integral, con especial atención a las desigualdades estructurales que afectan a mujeres, personas LGBTIQ+, trabajadores informales y otros grupos sectoriales históricamente apartados.

Este convenio amplía el ámbito de protección más allá de los trabajadores vinculados mediante contratos de trabajo, incluyendo aprendices, voluntarios, postulantes a empleo, trabajadores despedidos y personas en la economía informal.

Además, introduce el concepto de “mundo del trabajo”, que abarca no solo el lugar físico de trabajo, sino también situaciones que ocurren durante viajes laborales, eventos, comunicaciones digitales y trayectos entre el hogar y el trabajo.

¿Cuáles son los impactos para las empresas colombianas?

La implementación del Convenio 190 exige a los empleadores, tanto del sector público como privado, realizar ajustes significativos en sus políticas internas:

  • Ampliación de definiciones: Las empresas deben reconocer y abordar todas las formas de violencia y acoso, incluyendo aquellas que no ocurren dentro de relaciones laborales directas.
  • Protocolos de prevención y atención: Se deben establecer mecanismos claros para prevenir, detectar y atender casos de violencia y acoso, con enfoque de género e interseccionalidad.
  • Canales de denuncia seguros y confidenciales: Las víctimas deben contar con vías efectivas para reportar situaciones sin temor a represalias.
  • Actualización normativa interna: Reglamentos, manuales y procedimientos deben ajustarse al nuevo marco legal.
  • Evaluación de riesgos psicosociales: Se requiere una revisión periódica de los factores que puedan generar violencia o acoso en el entorno laboral.

 

Russell Bedford, Bogotá, Medellín, Cali, Barranquilla, Cartagena.
Russell Bedford, Bogotá, Medellín, Cali, Barranquilla, Cartagena.

 

Por otro lado, en el mes de junio de 2025, el Ministerio de Trabajo emitió la Circular 075 de 2025, dirigida a empleadores, entidades públicas y administradoras de riesgos laborales. Esta circular establece directrices específicas para prevenir y atender el acoso laboral, el acoso sexual y la discriminación hacia personas trans, no binarias y con identidades de género no hegemónicas. Entre las medidas más destacadas se encuentran:

  • Reconocimiento del nombre identitario y pronombres en todos los documentos y comunicaciones laborales.
  • Prohibición de exigir libreta militar a mujeres trans para contratación, incluso si no han modificado el componente sexo en su documento de identidad.
  • Derecho a usar uniforme y baños conforme a la identidad de género.
  • Prohibición de conductas discriminatorias como invisibilización, exclusión de actividades laborales o comentarios ofensivos.
  • Implementación de procesos de selección inclusivos y programas de sensibilización.

La circular se fundamenta en normas como la Ley 1010 de 2006, la Ley 2365 de 2024 y jurisprudencia constitucional que protege el derecho a la identidad de género y la no discriminación en el ámbito laboral.

Transformaciones normativas en el entorno laboral colombiano:

La reciente aprobación de la Ley 2528 de 2025 y la expedición de la Circular 075 de 2025 marcan un avance significativo en la consolidación de entornos laborales seguros, inclusivos y alineados con los principios de respeto a los derechos humanos.

Con estas disposiciones, Colombia se suma así a más de 36 países que han ratificado el Convenio 190, posicionándose como referente regional en la defensa de la dignidad humana en el trabajo.

Este nuevo marco legal no solo fortalece la protección de los trabajadores, sino que también impone una responsabilidad activa a los empleadores para transformar sus prácticas organizacionales, garantizar el respeto por la diversidad y prevenir cualquier forma de violencia o discriminación.

 

En Russell Bedford Colombia ponemos a tu disposición un equipo multidisciplinario de expertos en derecho laboral, seguridad social y gestión del talento humano que te acompañará en:

  • La adecuación normativa de tus políticas internas conforme al Convenio 190 y la Circular 075 del Ministerio de Trabajo.
  • La capacitación de tu equipo directivo y operativo en prevención de violencia y acoso laboral.
  • La implementación de protocolos de atención y canales de denuncia efectivos y seguros.
  • La evaluación de riesgos psicosociales y diseño de estrategias de intervención.
  • La revisión de procesos de selección y contratación con enfoque inclusivo y diferencial.

Contáctanos y recibe la asesoría personalizada que asegure el cumplimiento normativo, la protección integral de tus trabajadores y la consolidación de una cultura organizacional basada en el respeto, la equidad y la dignidad.

Escrito por: Santiago Pérez Laverde, Senior Laboralista, BPO, Russell Bedford Bogotá,

Uriel Santiago Pérez Laverde.

Senior Laborista.

Russell Bedford Bogotá.

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Profesional de la Contaduría Pública con énfasis en auditoria. Especialización en revisoría fiscal y contraloría, certificado en auditoria internacional por el ACCA, NIIF Plenas y formación académica continua a través de diplomados, cursos y seminarios.

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Encargada de la dirección de Russell Bedford GCT, encargada del seguimiento y ejecución de los proyectos de las diferentes áreas de la firma. Cuenta con una amplia experiencia en Auditoría e Impuestos. Contadora Pública de la Universidad Autónoma Latinoamericana, especialista en Revisoría Fiscal, con estudios complementarios en Impuestos, NIIF y NIAS, certificada internacional en NIIF Plenas por el ICAEW.

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Roger Román SánchezSOCIO RUSSELL BEDFORD DSA

Profesional de la contaduría Pública, candidato a título de Derecho, certificado en IFRS FULL e IFRS para Pymes por el ICAEW de Londres Inglaterra. Diez años de experiencia como consultor en materia tributaria de importantes empresas de la zona norte de Colombia, docente con más de 400 horas de experiencia como conferencista para entidades como Cámara de Comercio de Barranquilla, Cartagena, Fenalco Magdalena, Atlántico, Acopi, INCP, Universidades, proyectos de cooperación internacional, escritor para la firma Russell Bedford DSA®

Carlos A. Linares VargasSOCIO AUDITORIA EN RUSSELL BEDFORD RBG

Contador Público especialista en Auditoría y control. Cuenta con más de 20 años de experiencia en los procesos de aseguramiento financiero, se desempeña actualmente como socio en la práctica de auditoria en la firma Russell Bedford Colombia SAS., de igual forma ha trabajado en diferentes firmas multinacionales de auditoria como Crowe Horwath CO S.A, Price Water House Copers, Arthur Andersen y firmas nacionales como Auditar Ltda., auditando empresas y organizaciones en diferentes sectores económicos. Trabajó en la Superintendencia Financiera de Colombia en el área de riesgo crediticio supervisando los niveles de riesgo cartera del sector financiero, participando como jefe de visita principalmente en los bancos: BBVA, CitiBank, y entidades Cooperativas en la ciudad de Medellín.

Daniel Eduardo Sánchez CastellarSOCIO RUSSELL BEDFORD DSA

Profesional de la Contaduría Pública con énfasis en impuestos y candidato a título de Derecho. Se ha desempeñado como analista financiero, asesor y consultor en materia tributaría para personas naturales y jurídicas tanto nacionales como extranjeras con seis años de experiencia en diversos sectores.

Norela Jiménez M.SOCIA RUSSELL BEDFORD COLOMBIA S.A.S.

Contadora Pública, especialista en Gestión de Riesgos Financieros, con certificación IFRS (NIIF) – ICAEW y certificación NIAS – ISAS (Normas Internacionales de Auditoría)–ACCA.

Su actividad académica comprende sesiones de aprendizaje con clientes, en instituciones gremiales y diplomados en Universidades donde se destaca la Universidad del Pacífico en Lima.

Socia de la Firma Russell Bedford, con más de 25 años de experiencia internacional en firmas multinacionales de Auditoría y Consultoría (Big Four), con amplia experiencia en: Banca Central, Banca Comercial, Seguros, Fiducia, Banca Multilateral, Sectores de Manufactura, Farmacéutico, Agricultura y de Servicios en Colombia y en Perú. Líder de la Industria Financiera para Región Andina.

Miembro del Comité Técnico de Asobancaria y del Colegio de Contadores Públicos de Lima. Sus principales áreas de competencia son: La auditoría de estados financieros, consultoría contable, trabajos varios de aseguramiento y Due Diligence, Procedimientos acordados y trabajos especiales de consultoría sobre mejora en rentabilidad.

David López CastañoSOCIO DE RUSSELL BEDFORD GCT

Líder administrativo de Russell Bedford GCT y de los proyectos del área Financiera, Banca de Inversión y BPO de la firma. Amplia experiencia en el área de Finanzas Corporativas, Valoración de Empresas e Intangibles y Valoración de Proyectos. Contador Público y Administrador de Negocios de la Universidad EAFIT, especialista y magister en Gerencia de Proyectos con estudios complementarios en Gerencia Financiera, docente de Finanzas en la Universidad Autónoma Latinoamericana.