DEDUCIBILIDAD EN SALARIOS
A través del concepto 100208221-0491 la DIAN reconoce la deducibilidad del gasto por salarios y los pagos realizados a trabajadores independientes de los meses de abril y mayo.
cuando se haya realizado el aporte a pensión reducido bajo el decreto-ley 558, norma en virtud de la cual el aporte al sistema de pensiones se redujo del 16% al 3% por los meses de abril y mayo; esta norma fue declarada inexequible y se concedió un plazo de 36 meses para realizar los aportes dejados de pagar en los plazos que determinará el Gobierno Nacional, plazos que aún no han sido reglamentados.
En este contexto, se reconoció la deducibilidad de estos pagos tras considerar que el interpretar de forma aislada los artículos 108, 115-1 y 664 del Estatuto Tributario, que exigen el pago de los aportes a seguridad social, entre ellos el aporte a pensión, en debida forma antes de la presentación de la declaración de renta, afectaría los principios de capacidad contributiva y confianza legítima que gobiernan el sistema tributario, pues los contribuyentes que se acogieron a la reducción del aporte lo hicieron de buena fe y a la fecha están imposibilitados para realizar el pago de los aportes que fueron reducidos.
Tenemos aquí una importante doctrina, que brinda seguridad jurídica para tomar esta deducción dentro de la declaración de renta.