El Gobierno nacional presentó el 1 de septiembre de 2025 ante el Congreso de la república, el Proyecto de Ley de Financiamiento 2025.
La propuesta indica que promueve la sostenibilidad fiscal, progresividad tributaria y transición energética, sin gravar la canasta familiar básica. A continuación, Analicemos los principales cambios con impacto en personas naturales y jurídicas.
La reforma apunta a garantizar la sostenibilidad fiscal cerrando el déficit (recaudo neto de 0,7% del PIB en 2025), y su exposición de motivos se fundamenta en los siguientes puntos:
- Ampliar la base tributaria, eliminando exenciones que benefician a contribuyentes de mayores ingresos, aumentar la progresividad para que altos ingresos y patrimonios contribuyan más.
- Darle más poder de control a la DIAN
- Modernizar la fiscalización
- Gravar actividades no gravadas, como servicios digitales y combustibles fósiles.
Cambios propuestos
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Impuesto sobre la renta (Personas Naturales):
Se elimina la deducción por dependientes (Ley 2277 de 2022, 72 UVT por dependiente, hasta 4), equivalente a 3,58 millones de pesos en 2025, para evitar “erosión de la base gravable” (recaudo estimado: 1 billón para 2027).
La deducción por compras con factura electrónica (artículo 336 del Estatuto Tributario) sube del 1% al 5% en 2026 y 3% en 2027, volviendo al 1% en 2028, con tope de 240 UVT. Se aceptarán “documentos equivalentes electrónicos o tiquetes POS” con identificación del adquirente.
Se conserva el límite aplicable a las rentas exentas y deducciones del 40% de la renta líquida, con tope máximo de 1.340 UVT.
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IVA (bienes y servicios):
Se gravan con IVA del 19% las cuotas de administración no residenciales, membresías, juegos de suerte y azar (presenciales y digitales), y bienes suntuarios como vehículos híbridos.
Las propiedades residenciales quedan exentas.
Combustibles líquidos tendrán IVA progresivo: gasolina (10% en 2026, 19% en 2027), ACPM (10% en 2026-2027, 19% en 2028), y biocombustibles (19% gradual), con alzas estimadas de hasta 18.000 pesos por galón de gasolina en 2027.
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Impuesto al patrimonio:
La propuesta pretende disminuir el umbral de 72.000 UVT a 40.000 UVT, afectando a 75.000 contribuyentes más.
Y sobre las Tarifas se entiende que estas suben de 0,5%-1,5% a 1% -2,5%, hasta un 5% con mayor control sobre activos omitidos y regularización al 15% sin sanciones.

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Impuestos para Personas Jurídicas
En la propuesta tributaria se contemplan cargas adicionales para ciertos sectores considerados estratégicos:
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- Banca: A los bancos se les aplicará una sobretasa de 15 puntos porcentuales, lo que llevaría su impuesto de renta a una tarifa cercana al 50%.
- Sector Extractivo (petróleo y carbón): Estos sectores tendrían una sobretasa variable entre el 0% y el 15%, dependiendo de la evolución de los precios internacionales de estas materias primas.
- Nuevo impuesto a las extractivas: Además, se propone un gravamen adicional del 1% sobre los ingresos brutos, aplicable en la primera venta o en la exportación. Con esto, el Estado busca incrementar su participación en las utilidades generadas por estos sectores (lo que internacionalmente se conoce como el Government Take).
- Tarifa general de renta: Actualmente, la tarifa general ya es del 35%, una de las más altas de la región, lo que implica que Colombia mantiene una fuerte presión fiscal sobre las empresas en general.
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Sobretasa a instituciones financieras:
Adicionalmente, las Entidades financieras, aseguradoras y similares pagarán una sobretasa adicional de 15 puntos (en lugar de 5), elevando la tasa efectiva al 50% desde 2026 para rentas líquidas gravables mayores a 12.000 UVT.
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Nuevos impuestos sectoriales y ambientales:
- Bebidas alcohólicas, tabaco y ultraprocesados enfrentarán alzas: licores con componente específico de 750 pesos por grado alcoholimétrico + 30% ad valorem; ultraprocesados al 20% en 2025 (ajustado por IPC +4).
- Impuesto al carbono con tarifa plena desde 2026 (45% del recaudo al Fondo para la Vida y Biodiversidad).
- Servicios digitales extranjeros (streaming, cloud computing) pagarán 5% sobre ingresos brutos e IVA, con registro obligatorio en DIAN.
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Ganancias ocasionales:
Tarifas suben de 15% a 20% para herencias, donaciones y ventas de activos fijos (poseídos 4 años o más); y de 20% a 30% para loterías y apuestas. Exención para herencias hasta 6.500 UVT en inmuebles no residenciales.
En efecto, Colombia, según algunos informes de expertos, cuenta con el segundo lugar de la región con más reformas realizadas en los últimos 20 años, puesto que se propone una nueva cada dos años, con cambios drásticos y en muchos temas, cambios que pueden ser invasivos para los contribuyentes.
Adicional a ello, habría un impacto relevante sobre la percepción de inversionistas al país, dada que los frecuentes cambios generan la no estabilidad de un sistema tributario, que no permite el avance seguro de la economía colombiana.
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