Proyecto de Reforma Laboral “Trabajo por el Cambio”

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Análisis de la reforma laboral “Trabajo por el cambio”

Actualización 12/05/2025

El pasado 17 de marzo de 2023, el Gobierno Nacional radicó el Proyecto de Ley “Reforma Laboral – trabajo por el cambio”, por medio del cual se pretende modificar parcialmente el Código Sustantivo del Trabajo, Ley 50 de 1990, Ley 789 de 2002 y otras normas asociadas.

Así, atendiendo a los cambios en la normatividad laboral, que puede impactar tanto a los empleadores como trabajadores, procederemos a presentar los aspectos de mayor relevancia del texto del Proyecto de Ley publicado el día 17 de marzo por el Gobierno Nacional.

Modalidades Contractuales

El proyecto pretende realizar una serie de modificaciones en materia contractual, esto es, frente a la duración del contrato, los cuales se detallan a continuación:

1. Contrato a término indefinido: Corresponde al artículo 4 de la reforma que, pretende modificar el artículo 45 del Código sustantivo del trabajo. Sería la generalidad para la contratación de personal, por lo que de forma excepcional se podrán suscribir contratos a término fijo u obra o labor.

2. Contratos a término fijo: serán utilizados exclusivamente para atender necesidades temporales del empleador, es decir, solo podrá contratarse para realizar funciones no habituales o permanentes de la organización; asimismo solo podrá usarse por un término superior a un (1) mes y hasta por dos (2) años, en el cual, deberá señalarse por escrito la función temporal que se va a realizar.

Por lo anterior, no será válido que existan colaboradores que superen los dos años bajo esta modalidad, de lo contrario, será considerado que la relación laboral es indefinida. 

3. Contratos de obra o labor determinada: Corresponde al artículo 5 del Proyecto Ley que, pretende modificar el artículo 46 del Código Sustantivo del Trabajo. Este tipo de contrato deberá ser celebrado por escrito, asimismo deberá detallarse de forma precisa y detallada la obra o labor contratada, resaltando que esta obra o labor debe ser temporal.

4.  Contrato de aprendizaje: Esta figura, es una de las que más cambios sufrirá, comenzaría a ser un contrato laboral especial a término fijo, cuya duración no podrá superar los 36 meses, en dos etapas, lectiva y práctica. Durante toda la vigencia de la relación, la persona recibirá de la empresa una remuneración que, en ningún caso, será inferior al salario mínimo legal vigente, lo que modifica el actual esquema de pago que se determina de acuerdo a la tasa de desempleo y la etapa del contrato.

5. Contratación de personal para servicio doméstico: Esto obedece al artículo 42 de la Reforma Laboral. Pretende el Gobierno Nacional que los empleadores que cuenten con personal de servicio doméstico, suscriban un contrato de trabajo por escrito y deberán remitirlo al Ministerio del Trabajo para efectos de publicidad.

6. Contrato de Prestación de servicios: En caso de que en el ámbito judicial se declare la primacía de la relación laboral, deberá pagarse la indemnización moratoria establecida en el artículo 65. No pueden realizarse actividades permanentes y subordinadas.

Trabajo en Plataformas Digitales 

El artículo 23 de la Reforma pretende formalizar el vínculo laboral de los repartidores, por medio de un contrato laboral, gozando así de todas las prestaciones y derechos de un trabajador convencional.

A su vez, deberán crear un registro donde se consignará la información de dichos trabajadores.

Indemnización por despido injustificado

La forma en que se debe indemnizar un trabajador que ha sido despedido sin justa causa, es uno de los conceptos que más cambios podría impactar a los empleadores, dado que el Gobierno Nacional propone un cambio en cuanto al esquema del valor indemnizatorio, el cual se detalla a continuación:

1. En los contratos a término fijo la indemnización corresponderá al valor de los salarios según el término faltante para el vencimiento del contrato, sin que sea inferior a 45 días.

2. Frente a los contratos por obra o labor determinada, corresponderá al tiempo falta de la obra, sin que sea inferior a 45 días.

3. En cuanto a los contratos a término indefinido, se pagaría así:

      • 45 días de salario cuando el trabajador tuviere un tiempo de servicios no mayor de un año;
      • Si el trabajador tuviere más de 1 año de servicio continuo, se le pagarán cuarenta y cinco, 45 días adicionales de salario cada uno de los años de servicio subsiguientes al primero, y proporcionalmente por fracción.

Sobre esta forma indemnizatoria, encontramos en el siguiente supuesto un aumento del valor a reconocer por el empleador:

Trabajador a término indefinido desde el 01 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2023, cuya asignación salarial corresponde a $2.000.000

Normatividad vigente: 30 días de salario por el primer año de servicio y 20 por año subsiguiente o fracción, que para el caso puntual correspondería a la suma de $ 3.333.333

Propuesta del Gobierno Nacional: 45 días de salario por el primer año de servicio y 45 por año subsiguiente o fracción, que para el caso puntual correspondería a la suma de $ 6.000.000

Licencia paternidad

A diferencia del actual esquema, que corresponde al otorgamiento de 2 semanas por licencia de paternidad, con la propuesta del Gobierno podría aumentar de manera progresiva hasta llegar a 12 semanas en el 2025, así: 5 semanas desde el 2023, posteriormente en el 2024 aumentará a ocho 8 semanas, y en 2025 correspondería a 12 semanas.

Jornada laboral

El gobierno pretende mantener la disminución gradual de la jornada de trabajo hasta las 42 horas a partir del año 2026; sin embargo, dispone que los empleadores deben continuar otorgando el día de la familia dispuesto en la Ley 1857 de 2017, además las dos horas de capacitación o recreación para quienes cuenten con una planta mayor a 50 colaboradores.

Recargo Nocturno

Como es de conocimiento, actualmente los empleadores reconocen el recargo nocturno a partir de la 9:00 pm hasta las 6:00 am; sin embargo, se pretende modificar la jornada nocturna con el propósito que inicie a las 6:00 pm hasta las 6:00 am; situación que impactaría económicamente a las organizaciones en cuanto al aumento en el pago del 35% o 75% por este período, tal como se presenta en el siguiente ejemplo:

  • Trabajador cuya labor se realiza entre las 2:00 pm hasta las 10:00 pm, de lunes a sábados y con una asignación de $2.000.000:

Normatividad vigente:

Salario $ 2.000.000
Salario diario (2.000.000/30 días calendario) $66.666
Salario hora (66.666/8) $ 8.333
Recargo nocturno 35%
Valor recargo nocturno por una hora de trabajo (8.333 x 35%) $2.916
Hora causada de recargo nocturno  1 hora diaria, 6 semanales
Valor total del recargo nocturno por una semana de trabajo (6 horas de recargo) $17.500

 

Propuesta del gobierno nacional:

Salario $2.000.000
Salario diario (2.000.000/30 días calendario) $66.666
Salario hora (66.666/8) $8.333
Recargo nocturno 35%
Valor recargo nocturno por una hora de trabajo (8.333 x 35%) $2.916
Horas diarias causadas de recargo nocturno  4 horas diarias, 24 semanales
Valor total del recargo nocturno por una semana de trabajo (24 horas de recargo)  $70.000

 

Recargo dominical

Aunado al cambio de la jornada nocturna, se pretende aumentar el porcentaje frente al trabajo realizado en domingo o días de fiesta, pasando de un 75% a un 100% sobre el salario ordinario.

Trabajo suplementario y horas extra

Por medio de este proyecto de ley, se pretende que el empleador deba entregar diariamente al trabajador una relación de las horas extras laboradas, de no hacerlo, se tendrá por cierta la estimación razonable que haga el trabajador del número de horas extras laboradas.

Por otra parte, una vez se presente la disminución de la jornada a 42 horas y la jornada se amplíe entre empleadores y trabajadores a 9 horas diarias, solo se podrá laborar en el mismo día una hora extra.

Reajuste Salarial

Propone el Gobierno que, todo trabajador que devengue hasta dos (2) salarios mínimos legales mensuales vigentes, tendrá derecho a un reajuste salarial en un porcentaje por lo menos igual al del IPC, causado al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior.

Disposiciones finales

Queremos advertir que, para que estas propuestas sean vinculantes, corresponde al congreso de la república llevar a cabo 4 debates para su aprobación, dos por Cámara de Representantes y dos por Senado; y posterior sanción presidencial; motivo por el cual, los empleadores debemos estar al tanto de este trámite legislativo y estudiar su impacto organizacional. Hasta la fecha no ha iniciado el proceso de análisis del proyecto de Reforma Laboral “Trabajo por el Cambio”.

Prescripción, ¿Qué es Prescripción?

La prescripción es una figura jurídica, por medio de la cual transcurrido el tiempo se puede extinguir la posibilidad de realizar acciones legales por una posible falta o incumplimiento de la norma por parte del trabajador o de la empresa:

  • El Gobierno Nacional pretende, por medio de la Reforma, extender este término de tres (3) a cinco (5) años.

 

Gerencia de Servicios Legales
RUSSELL BEDFORD GCT

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Alexandra Arbeláez CardonaSOCIA IMPUESTOS, LEGAL Y PRECIOS EN RUSSELL BEDFORD RBG

Profesional de la Contaduría Pública especializada en Derecho Tributario, con fortaleza en los temas de consultoría, precios de transferencia, auditoria y planeación tributaria producto de una experiencia profesional de más de 15 años. Se ha desempeñado como Consultora y Auditora de Impuestos así como de Revisora Fiscal en diferentes compañías de los sectores de: Sísmica, hotelero, hidrocarburos, Informático y Comunicaciones, Industrial, Inmobiliario, Comercial, Consultoría, Veterinario, Corporaciones sin ánimo de lucro, Entretenimiento entre otros.

Didier Sánchez ReinosoSOCIO FUNDADOR / CEO RUSSELL BEDFORD DSA

Profesional de la Contaduría Pública con énfasis en auditoria. Especialización en revisoría fiscal y contraloría, certificado en auditoria internacional por el ACCA, NIIF Plenas y formación académica continua a través de diplomados, cursos y seminarios.

35 años de experiencia en diferentes sectores de la economía colombiana: comercial, educativo, construcción, eclesiástico, salud, industrial, servicios, corporaciones, fundaciones, ONG, PH, proyectos de cooperación internacional, entre otros. También ha sido consultor y asesor en más de 500 organizaciones en temas de implementación NIIF y auditorías internas y externas.

Carolina MontesSOCIA RUSSELL BEDFORD MCA

 

Certificada en NIIF y NICSP ante el Instituto de Contadores Públicos de Londres y Gales (ICAEW y ACCA), Certificada Internacionalmente en Normas Internacionales de Auditoría (NIAS).

Experiencia de más de 20 años en firmas multinacionales de Auditoría y Consultoría, amplia experiencia en los sectores: Manufacturero, Agroindustrial, Construcción, Salud, Financiero, Servicios y otros.

Docente Universitario en los programas de Especialización y Maestría de: Universidad ICESI, Universidad del Valle, Pontificia Universidad Javeriana, Universidad del Norte, Universidad Santo Tomas, Universidad Jorge Tadeo Lozano, entre otras.

Miembro de la Junta Directiva de ACOPI Valle del Cauca.

Miembro del Comité Técnico de NIIF del Instituto Colombiano de Contadores Públicos (INCP).

Gloria Stella Castaño ToroSOCIA FUNDADORA DE RUSSELL BEDFORD GCT

Encargada de la dirección de Russell Bedford GCT, encargada del seguimiento y ejecución de los proyectos de las diferentes áreas de la firma. Cuenta con una amplia experiencia en Auditoría e Impuestos. Contadora Pública de la Universidad Autónoma Latinoamericana, especialista en Revisoría Fiscal, con estudios complementarios en Impuestos, NIIF y NIAS, certificada internacional en NIIF Plenas por el ICAEW.

Rodrigo Augusto ValenciaSOCIO AUDITORÍA EN RUSSELL BEDFORD MCA

Contador público, MBA con énfasis en Finanzas, Certificación IFRS (NIIF) – ICAEW y ACCA, Certificación ISA (Normas Internacionales de Auditoría) – ACCA, 20 años de experiencia en firmas multinacionales de Auditoría y Consultoría, trayectoria internacional en revisiones de la práctica de auditoría, en países de Suramérica y el Caribe, sus principales áreas de competencia son: la auditoría de estados financieros, asesoría en implementación de IFRS, trabajos varios de aseguramiento y Due Diligence. Docente Universitario en los programas de Especialización y Maestría de Universidad ICESI y la Pontificia Universidad Javeriana de Cali.

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Miembro del comité de Russell Bedford Internacional. Profesional de la Contaduría Pública especialista en impuestos, con fortaleza en los temas de consultoría, auditoria y planeación tributaria producto de una experiencia profesional de más de 30 años, combinada con la práctica como docente de pre-grado y pos-grado en diferentes universidades de país, en temas como impuesto a la renta, retención en la fuente, planeación y auditoria tributaria. Con experiencia en planeación y dirección de proyectos de auditoria e implantación de sistemas de información financiera. Ha ejercido el cargo de Revisor Fiscal y consultor tributario en varias empresas del país.

Wilmer A. Román SánchezSOCIO RUSSELL BEDFORD DSA

Profesional de la Contaduría Pública con énfasis en Derecho Tributario, candidato a título de Derecho con fortaleza en los temas de consultoría, planeación tributaria, banca de inversión en proyecciones financieras y derecho societario a través de una experiencia de diez años. Consultor de Impuestos y finanzas, asesor en temas mercantiles en diferentes compañías en los sectores: naval, industrial, hotelero, construcción, entidades sin ánimo de lucro, PH, Inmobiliario, Comercial, Consultoría.

Roger Román SánchezSOCIO RUSSELL BEDFORD DSA

Profesional de la contaduría Pública, candidato a título de Derecho, certificado en IFRS FULL e IFRS para Pymes por el ICAEW de Londres Inglaterra. Diez años de experiencia como consultor en materia tributaria de importantes empresas de la zona norte de Colombia, docente con más de 400 horas de experiencia como conferencista para entidades como Cámara de Comercio de Barranquilla, Cartagena, Fenalco Magdalena, Atlántico, Acopi, INCP, Universidades, proyectos de cooperación internacional, escritor para la firma Russell Bedford DSA®

Carlos A. Linares VargasSOCIO AUDITORIA EN RUSSELL BEDFORD RBG

Contador Público especialista en Auditoría y control. Cuenta con más de 20 años de experiencia en los procesos de aseguramiento financiero, se desempeña actualmente como socio en la práctica de auditoria en la firma Russell Bedford Colombia SAS., de igual forma ha trabajado en diferentes firmas multinacionales de auditoria como Crowe Horwath CO S.A, Price Water House Copers, Arthur Andersen y firmas nacionales como Auditar Ltda., auditando empresas y organizaciones en diferentes sectores económicos. Trabajó en la Superintendencia Financiera de Colombia en el área de riesgo crediticio supervisando los niveles de riesgo cartera del sector financiero, participando como jefe de visita principalmente en los bancos: BBVA, CitiBank, y entidades Cooperativas en la ciudad de Medellín.

Daniel Eduardo Sánchez CastellarSOCIO RUSSELL BEDFORD DSA

Profesional de la Contaduría Pública con énfasis en impuestos y candidato a título de Derecho. Se ha desempeñado como analista financiero, asesor y consultor en materia tributaría para personas naturales y jurídicas tanto nacionales como extranjeras con seis años de experiencia en diversos sectores.

Norela Jiménez M.SOCIA RUSSELL BEDFORD COLOMBIA S.A.S.

Contadora Pública, especialista en Gestión de Riesgos Financieros, con certificación IFRS (NIIF) – ICAEW y certificación NIAS – ISAS (Normas Internacionales de Auditoría)–ACCA.

Su actividad académica comprende sesiones de aprendizaje con clientes, en instituciones gremiales y diplomados en Universidades donde se destaca la Universidad del Pacífico en Lima.

Socia de la Firma Russell Bedford, con más de 25 años de experiencia internacional en firmas multinacionales de Auditoría y Consultoría (Big Four), con amplia experiencia en: Banca Central, Banca Comercial, Seguros, Fiducia, Banca Multilateral, Sectores de Manufactura, Farmacéutico, Agricultura y de Servicios en Colombia y en Perú. Líder de la Industria Financiera para Región Andina.

Miembro del Comité Técnico de Asobancaria y del Colegio de Contadores Públicos de Lima. Sus principales áreas de competencia son: La auditoría de estados financieros, consultoría contable, trabajos varios de aseguramiento y Due Diligence, Procedimientos acordados y trabajos especiales de consultoría sobre mejora en rentabilidad.

David López CastañoSOCIO DE RUSSELL BEDFORD GCT

Líder administrativo de Russell Bedford GCT y de los proyectos del área Financiera, Banca de Inversión y BPO de la firma. Amplia experiencia en el área de Finanzas Corporativas, Valoración de Empresas e Intangibles y Valoración de Proyectos. Contador Público y Administrador de Negocios de la Universidad EAFIT, especialista y magister en Gerencia de Proyectos con estudios complementarios en Gerencia Financiera, docente de Finanzas en la Universidad Autónoma Latinoamericana.