Formato 5253
Hoy 16 de junio arrancan los vencimientos para reportar información exógena nacional. Dentro de los formatos a reportar se encuentra el Formato 5253 – beneficiario efectivo, es decir, la última persona o grupo de personas naturales que, de manera directa o indirecta, sean propietarios o controladores, es decir, este deber aplica en la medida que el accionista de la sociedad sea otra sociedad o cadenas de sociedades.
Este formato lo deben reportar las sociedades colombianas que sean subsidiarias o filiales de sociedades de nacionales o del exterior, los establecimientos permanentes de empresas del exterior, patrimonios autónomos, fondos de inversión colectiva.
De los beneficiarios efectivos se debe reportar:
- Tipo de documento
- Número de identificación
- Nombres y apellidos
- Fecha de nacimiento
- País de nacionalidad
- País de residencia fiscal
- Fecha final como beneficiario efectivo
El incumplimiento de esta obligación, en los términos del art. 651, genera una sanción medio por ciento (0.5%) de los ingresos netos y si no existieren ingresos, del medio por ciento (0.5%) del patrimonio bruto del contribuyente o declarante sin exceder 15.000 UVT.
En Russell Bedford, ofrecemos servicios especializados de Consultoría Tributaria para apoyar a las empresas en el cumplimiento oportuno y correcto de sus obligaciones fiscales, como el reporte del Formato 5253 – Beneficiario Efectivo, exigido por la DIAN.
Nuestro equipo de expertos se encarga de analizar su estructura societaria, identificar los beneficiarios efectivos y garantizar la correcta preparación y presentación de la información, minimizando riesgos de sanciones.
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