Traslado de las retenciones en los contratos de cuentas en participación

Traslado de las retenciones en los contratos de cuentas en participación, Consultoría Tributaria, Russell Bedford, Bogotá, Medellín, Cali, Barranquilla, Cartagena.

La Sala Cuarta del Consejo de Estado, en la sentencia con radicado interno 26085 de 2024, declaró la nulidad de varios apartes en pronunciamientos emitidos por la Administración Tributaria (DIAN), relacionados con el traslado de las retenciones en la fuente practicadas por el socio gestor con relación a un Contrato de Cuentas en Participación.

Posición de la DIAN sobre el Tratamiento de Retenciones de Cuentas en Participación

En este caso, la línea argumentativa de la DIAN indicaba que, la retención en la fuente a título del impuesto de renta en los Contratos por Cuentas en Participación, solo podían ser tomadas por el Socio Gestor dentro de su declaración del Impuesto de Renta, en la medida que este se reputaba como el titular del ingreso sometido a retención.

Falta de Normativa sobre el Traslado de Retenciones

De igual forma, señalaba la DIAN, en este tipo de figura contractual, no hay una disposición normativa que prevea el traslado de las retenciones en la fuente por parte del socio gestor al socio oculto; así mismo, este tipo de acciones son propias de otras figuras contractuales, como lo es en el Contrato de Mandato, en donde el mandatario traslada las retenciones en la fuente al mandante, ya que este último es el titular del ingreso (lógica aplicada por la Administración Tributaria en el párrafo anterior).

Fundamentación en el Concepto General de la DIAN

Por su parte, citando el Concepto General DIAN No. 008537 del 9 de abril de 2018:

“Tampoco existe una disposición que prevea la revelación del socio oculto con el fin de practicarle a este directamente la retención; so pena de confundirse con otros contratos de colaboración empresarial, como los consorcios o uniones temporales donde el valor de la retención se le imputa a cada uno de los consorciados.”

Demanda de Nulidad Basada en el Principio de Transparencia Fiscal

En ese orden de ideas, la demanda de nulidad se basa en el principio de transparencia fiscal que aplica en los Contratos de Colaboración Empresarial (artículo 18 del Estatuto Tributario), en donde, para el Socio Oculto, este debe declarar el Impuesto de Renta (ingresos, costos, deducciones, activos y pasivos) en razón a su porcentaje de participación en el negocio jurídico.

Argumentos de la DIAN sobre la Imposibilidad de Traslado de Retenciones

En cuanto a la Administración Tributaria, la DIAN sostiene que (palabras más, palabras menos) la posición adoptada en los apartes demandados obedece a que no existe una norma que autorice dicho traslado, además: “Las retenciones en la fuente se practican de acuerdo con las características y particularidades de las que goza el socio gestor en el ámbito tributario, y como el certificado de retención solamente puede expedirse a nombre del socio gestor, el socio oculto no puede tratarla como un activo independiente y asociado a su porcentaje de participación (…)”

 

Russell Bedford, Bogota, Medellin, Cali, Barranquilla, Cartagena.
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Consideraciones de la Sala Cuarta del Consejo de Estado

Una vez revisados los argumentos de las partes, la Sala Cuarta del Consejo de Estado inicia sus consideraciones con un análisis general de la normativa mercantil y fiscal relacionada con los Contratos de Cuentas en Participación.

Luego, prosigue la Sala Cuarta, bajo la reforma de la Ley 1819 de 2016, se les impone la obligación al socio gestor y oculto de declarar los ingresos obtenidos, bienes y pasivos poseídos a 31 de diciembre del periodo respectivo, junto con los costos y gastos en que hubieren incurrido, según su participación en el contrato.

Nulidad de los Aportes Relacionados con las Retenciones en la Fuente

Por ello, frente al quid del asunto, las retenciones en la fuente: “vienen a representar un activo igualmente repartible al partícipe oculto a prorrata de su participación”, dado que, el artículo 18 del Estatuto Tributario obliga a que el Socio Gestor registre y certifique los rubros que son propios del Socio Oculto en razón a su participación en el contrato, lo cual debe incluir las retenciones en la fuente asociadas al ingreso que le corresponde a cada parte.

Declaración de la Nulidad por el Consejo de Estado

En resumen, el Consejo de Estado declara la nulidad de los apartes demandados, ya que la inaplicación de proporcionalidad en las retenciones practicadas por el gestor, afecta a los partícipes ocultos, porque les impide disminuir el impuesto a cargo con tal concepto causado en la proporción que le corresponda de sus ingresos.

Nueva Doctrina de la DIAN Acepta el Traslado Proporcional de Retenciones

Ahora bien, frente a la decisión tomada, la DIAN sacó el Concepto No. 010470 del 12 de diciembre de 2024, en donde (ya a través de doctrina oficial), acepta que las retenciones en la fuente practicadas con ocasión a un Contrato de Cuentas en Participación, pueden ser tomadas de forma proporcional tanto por el Socio Gestor, como por el Socio Oculto.

Aplicación de la Nueva Doctrina a Partir de Agosto de 2024

Sin embargo, este tratamiento aplicará a partir del 30 de agosto de 2024 por lo que, las actuaciones hechas bajo la doctrina anulada por el Consejo de Estado, deberán tener el anterior tratamiento (no traslado), teniendo en cuenta que los fallos del Consejo de Estado tienen efectos hacia el futuro (ex nunc).

En Russell Bedford, ofrecemos servicios especializados en consultoría tributaria, brindando asesoría integral sobre la correcta aplicación de las normativas fiscales y la optimización de la carga tributaria en contratos complejos como los de cuentas en participación.

Nuestro equipo de expertos le ayudará a garantizar el cumplimiento de la legislación vigente, minimizar riesgos legales y maximizar la eficiencia tributaria de su empresa.

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Escrito por  Andrés Felipe Espinel, Acting Manager Impuestos, Legal y Precios de transferencia, Russell bedford, Bogota, Medellín, Cali, Barranquilla, Cartagena.

Andrés Felipe Espinel. 

Acting Manager Impuestos, Legal y Precios de Transferencia.

Russell Bedford Bogotá. 

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Alexandra Arbeláez CardonaSOCIA IMPUESTOS, LEGAL Y PRECIOS EN RUSSELL BEDFORD RBG

Profesional de la Contaduría Pública especializada en Derecho Tributario, con fortaleza en los temas de consultoría, precios de transferencia, auditoria y planeación tributaria producto de una experiencia profesional de más de 15 años. Se ha desempeñado como Consultora y Auditora de Impuestos así como de Revisora Fiscal en diferentes compañías de los sectores de: Sísmica, hotelero, hidrocarburos, Informático y Comunicaciones, Industrial, Inmobiliario, Comercial, Consultoría, Veterinario, Corporaciones sin ánimo de lucro, Entretenimiento entre otros.

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35 años de experiencia en diferentes sectores de la economía colombiana: comercial, educativo, construcción, eclesiástico, salud, industrial, servicios, corporaciones, fundaciones, ONG, PH, proyectos de cooperación internacional, entre otros. También ha sido consultor y asesor en más de 500 organizaciones en temas de implementación NIIF y auditorías internas y externas.

Carolina MontesSOCIA RUSSELL BEDFORD MCA

 

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Contador público, MBA con énfasis en Finanzas, Certificación IFRS (NIIF) – ICAEW y ACCA, Certificación ISA (Normas Internacionales de Auditoría) – ACCA, 20 años de experiencia en firmas multinacionales de Auditoría y Consultoría, trayectoria internacional en revisiones de la práctica de auditoría, en países de Suramérica y el Caribe, sus principales áreas de competencia son: la auditoría de estados financieros, asesoría en implementación de IFRS, trabajos varios de aseguramiento y Due Diligence. Docente Universitario en los programas de Especialización y Maestría de Universidad ICESI y la Pontificia Universidad Javeriana de Cali.

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Miembro del comité de Russell Bedford Internacional. Profesional de la Contaduría Pública especialista en impuestos, con fortaleza en los temas de consultoría, auditoria y planeación tributaria producto de una experiencia profesional de más de 30 años, combinada con la práctica como docente de pre-grado y pos-grado en diferentes universidades de país, en temas como impuesto a la renta, retención en la fuente, planeación y auditoria tributaria. Con experiencia en planeación y dirección de proyectos de auditoria e implantación de sistemas de información financiera. Ha ejercido el cargo de Revisor Fiscal y consultor tributario en varias empresas del país.

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Roger Román SánchezSOCIO RUSSELL BEDFORD DSA

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Daniel Eduardo Sánchez CastellarSOCIO RUSSELL BEDFORD DSA

Profesional de la Contaduría Pública con énfasis en impuestos y candidato a título de Derecho. Se ha desempeñado como analista financiero, asesor y consultor en materia tributaría para personas naturales y jurídicas tanto nacionales como extranjeras con seis años de experiencia en diversos sectores.

Norela Jiménez M.SOCIA RUSSELL BEDFORD COLOMBIA S.A.S.

Contadora Pública, especialista en Gestión de Riesgos Financieros, con certificación IFRS (NIIF) – ICAEW y certificación NIAS – ISAS (Normas Internacionales de Auditoría)–ACCA.

Su actividad académica comprende sesiones de aprendizaje con clientes, en instituciones gremiales y diplomados en Universidades donde se destaca la Universidad del Pacífico en Lima.

Socia de la Firma Russell Bedford, con más de 25 años de experiencia internacional en firmas multinacionales de Auditoría y Consultoría (Big Four), con amplia experiencia en: Banca Central, Banca Comercial, Seguros, Fiducia, Banca Multilateral, Sectores de Manufactura, Farmacéutico, Agricultura y de Servicios en Colombia y en Perú. Líder de la Industria Financiera para Región Andina.

Miembro del Comité Técnico de Asobancaria y del Colegio de Contadores Públicos de Lima. Sus principales áreas de competencia son: La auditoría de estados financieros, consultoría contable, trabajos varios de aseguramiento y Due Diligence, Procedimientos acordados y trabajos especiales de consultoría sobre mejora en rentabilidad.

David López CastañoSOCIO DE RUSSELL BEDFORD GCT

Líder administrativo de Russell Bedford GCT y de los proyectos del área Financiera, Banca de Inversión y BPO de la firma. Amplia experiencia en el área de Finanzas Corporativas, Valoración de Empresas e Intangibles y Valoración de Proyectos. Contador Público y Administrador de Negocios de la Universidad EAFIT, especialista y magister en Gerencia de Proyectos con estudios complementarios en Gerencia Financiera, docente de Finanzas en la Universidad Autónoma Latinoamericana.