DÍAS SIN IVA
La ley de crecimiento introdujo una medida novedosa, bajo la cual por tres días no se va a generar IVA en la venta de ciertos productos.
Para este efecto la ley consagra un listado taxativo de cuáles son los bienes objeto del beneficio y el precio máximo de venta que debe tener el artículo. Estos son:
- Complementos de vestuario cuyo precio de venta sea igual o inferior a 10 UVT ($356.070)
- Electrodomésticos cuyo precio de venta sea igual o inferior a 40 UVT ($1.424.280)
- Vestuario cuyo precio de venta sea inferior a 10 UVT ($356.070)
- Elementos deportivos cuyo precio de venta sea igual o inferior a 10 UVT ($356.070)
- Útiles escolares cuyo precio de venta sea igual o inferior a 3 UVT ($106.821)
- Complementos de juguetes y Juegos cuyo precio de venta sea inferior a 5 UVT ($178.035)
Para estos productos, se consagra una exención (es decir por la venta que se realiza se genera IVA a tarifa del 0%) otorgando derecho a IVAS descontables. Para tomar estos IVAs se deben cumplir los requisitos generales para su procedencia, principalmente que se destinen a una actividad gravada y que se encuentren soportados adecuadamente, concretamente en factura de venta. Por este tipo de ventas no se consagra el derecho a devolución. En caso de generarse saldos a favor, este solo puede imputarse contra saldos a pagar de periodos siguientes.
Dentro de las condiciones para tener este tratamiento preferencial se encuentran:
- Los bienes vendidos deben estar dentro del listado
- No pueden superar el precio de venta allí establecido
- La venta se debe realizar en los días que señale la DIAN (actualmente existe un proyecto de Resolución en el que se indica que estos días serán en junio y octubre)
- La venta se debe hacer en un local físico ubicado en Colombia
- La venta debe ser al detal (no aplica al por mayor)
- La venta debe hacerse de forma presencial (No aplica comercio electrónico)
- La venta debe hacerse al consumidor final, quien debe ser persona natural
- La venta debe hacerse a través de factura electrónica
- El pago debe realizarse por medio electrónico (Tarjeta débito, crédito u otro)
- Cada adquirente puede comprar máximo 3 artículos del mismo bien cubierto por la exención
Si los bienes vendidos tienen condiciones especiales, durante el periodo de tres días sin IVA, se mantendrán estas condiciones. Por ejemplo, los cuadernos son excluidos, lo que significa que no otorgan derecho a descontables, durante este periodo mantendrán su condición de excluidos, así se encuentren dentro del listado de bienes que dan derecho al beneficio.