PLAZOS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS
Generalidad de contribuyentes
Mediante el DECRETO 435 DE 2020 se amplían los plazos para presentar y pagar la declaración de impuesto de renta, al igual que la declaración de activos en el exterior, así:
Grandes Contribuyentes – Declaración y pago segunda cuota
Último dígito | Fecha |
---|---|
0 | 21 de abril de 2020 |
9 | 22 de abril de 2020 |
8 | 23 de abril de 2020 |
7 | 24 de abril de 2020 |
6 | 27 de abril de 2020 |
5 | 28 de abril de 2020 |
4 | 29 de abril de 2020 |
3 | 30 de abril de 2020 |
2 | 4 de mayo de 2020 |
1 | 5 de mayo de 2020 |
Personas Jurídicas – Declaración y pago primera cuota
Últimos dos dígitos | Fecha |
---|---|
96 al 00 | 21 de abril de 2020 |
91 al 95 | 22 de abril de 2020 |
86 al 90 | 23 de abril de 2020 |
81 al 85 | 24 de abril de 2020 |
76 al 80 | 27 de abril de 2020 |
71 al 75 | 28 de abril de 2020 |
66 al 70 | 29 de abril de 2020 |
61 al 65 | 30 de abril de 2020 |
56 al 60 | 4 de mayo de 2020 |
51 al 55 | 5 de mayo de 2020 |
46 al 50 | 6 de mayo de 2020 |
41 al 45 | 7 de mayo de 2020 |
36 al 40 | 8 de mayo de 2020 |
31 al 35 | 11 de mayo de 2020 |
26 al 30 | 12 de mayo de 2020 |
21 al 25 | 13 de mayo de 2020 |
16 al 20 | 14 de mayo de 2020 |
11 al 15 | 15 de mayo de 2020 |
06 al 10 | 18 de mayo de 2020 |
01 al 05 | 19 de mayo de 2020 |
Por otro lado, permite declarar hasta el 30 de junio el IVA y el impuesto nacional al consumo del bimestre marzo-abril y cuatrimestre enero-abril de algunos responsables como los dedicados al expendio a la mesa de comidas preparadas y actividades de agencias de viaje y operadores turísticos.
No se modifican fechas relacionadas con retención en la fuente ni registró web de las Entidades que pertenecen al régimen tributario especial.
Sectores más afectados
Mediante el DECRETO 401 DE 2020 para los sectores más afectados se amplían plazos para el pago, más no amplía el plazo de presentación, del impuesto de renta e impuesto a las ventas para quienes desarrollen actividades de transporte aéreo comercial de pasajeros, servicios hoteleros, actividades teatrales, actividades de espectáculos musicales en vivo y otras actividades de espectáculos en vivo, así:
- Si son grandes contribuyentes, pago de segunda cuota del impuesto de renta hasta el 31 de julio de 2020 y pago tercera cuota hasta 31 de agosto de 2020.
- Si no son grandes contribuyentes, pago primera cuota del impuesto de renta hasta el 31 de julio de 2020 y pago segunda cuota hasta 31 de agosto de 2020.
- Pago de IVA segundo bimestre o primer cuatrimestre hasta el 30 de junio de 2020.