MEDIDAS DE PREVENCIÓN PARA LA PANDEMIA
Teniendo en cuenta que el 11 de marzo la Organización Mundial de Salud – OMS declaró el Covid 19 – Coronavirus- como pandemia y emergencia de salud pública, el Gobierno Nacional ha respondido tomando diferentes medidas excepcionales en aras de mitigar los efectos del virus en el sector empresarial. A continuación se enumeran las principales medidas, poniendo a disposición las normas enunciadas:
- Se amplía plazo para el pago de la contribución del turismo hasta el 29 de julio de 2020 de acuerdo con el DECRETO 397 DE 2020.
- Se amplía plazo para la renovación de la matrícula mercantil hasta hasta el 3 de julio de 2020, para la renovación del Registro Único de Proponentes hasta el quinto día hábil del mes de julio; de igual forma se amplía el plazo para la reunión ordinaria de asamblea hasta el mes siguiente en que finalice la emergencia sanitaria declarada en el territorio nacional (DECRETO 434 DE 2020).
- Se amplían plazos para presentar estados financieros a la Superintendencia de Sociedades, fijando los vencimientos a partir del 14 de abril (CIRCULAR 100-000003 DEL 17 DE MARZO DE 2020).
- Se adoptan medidas para la protección al empleo explicando las alternativas que pueden ser adoptadas por los empleadores como son el trabajo en casa, teletrabajo, jornada laboral flexible, vacaciones anuales, anticipadas y colectivas, permisos remunerados y salario sin prestación del servicio (CIRCULAR 21 DEL MINISTERIO DEL TRABAJO).
- Se adoptan medidas de fiscalización laboral rigurosa ante eventuales despidos masivos y suspensiones de trabajo por fuerza mayor (CIRCULAR 22 DEL MINISTERIO DEL TRABAJO y RESOLUCIÓN MINISTERIO DE TRABAJO 803 DE 2020).
- Suspensión de términos en procesos administrativos en materia tributaria, aduanera y cambiaria hasta el 3 de abril de 2020 (Aplica si hay alguna actuación o proceso abierto, no incluye calendario tributario, RESOLUCIÓN DIAN 22 DE 2020).
- Comunicado de prensa Atención virtual de la DIAN (COMUNICADO 22 Y LINEAMIENTOS DEL SERVICIO).
- Facultad de adelantar asambleas por medios electrónicos (DECRETO 398 y CIRCULAR SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES 100-000002).
- Suspensión términos en procesos jurisdiccionales adelantados por la Superintendencia de Sociedades hasta el 22 de marzo (RESOLUCIÓN 938 DE 2020).
- Suspensión términos en procesos jurisdiccionales adelantados por la Superintendencia Comercio, Industria y Turismo hasta el 30 de abril de 2020 (RESOLUCIÓN 11790-2020).
- Modificación horarios en atención del servicio notarial hasta el 30 de mayo de 2020 (RESOLUCIÓN SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO Y REGISTRO 2872 DE 2020).
- Comunicado Ministerio de Salud EVENTOS MASIVOS 50 PERSONAS.
- Suspensión de términos en la Rama Judicial hasta el 3 de abril (ACUERDO PCSJA20-11521 CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA).
- COMUNICADO SUPERINTENDENCIA FINANCIERA con algunos alivios (estos se deberían validar con su banco de cabecera).
- Línea especial de crédito “Colombia responde” para empresas del sector turístico, transporte y espectáculos públicos y sus proveedores reduciendo las tasas de interés (CIRCULAR 4 BANCOLDEX).
- Facilidades en operación aduanera, entre ellas se encuentran la ampliación de la calificación como usuario permanente y altamente exportador hasta el 31 de mayo de 2020, la ampliación del término para las sociedades de comercialización internacional de presentar el informe anual de compras hasta el 30 de mayo de 2020, autorización a usuarios de zona franca para realizar labores de procesamiento de información fuera de zona franca y prórroga de la declaratoria de Zona Franca transitoria por 12 meses y modificaciones al arancel de aduanas (DECRETO 436 DE 2020, CIRCULAR 005 DIRECCIÓN DE COMERCIO EXTERIOR, DECRETO 411 DE 2020, DECRETO 410 DE 2020, MEMORANDO DIAN 53).
- Carta de peticiones al presidente Duque de Cotelco. (VER AQUÍ)
- Carta defensor del contribuyente solicitando medidas en materia tributaria. (VER AQUÍ)
- Comunicado Comité Nacional Gremial de los contadores públicos. (VER AQUÍ)