SERVICIOS PRESTADOS POR NO RESIDENTES
Mediante Concepto 903652 del 31 de julio de 2020 la DIAN aclara que en la adquisición de servicios prestados por no residentes el adquirente debe emitir el documento equivalente establecido en el Decreto 358 de 2020, por tratarse de operaciones celebradas con no obligados a facturar. En este concepto se aclara, que el documento equivalente es el soporte idóneo para acreditar las operaciones económicas celebradas con prestadores de servicios sin residencia fiscal en Colombia.
Al margen de lo señalado por la DIAN, se recuerda que este documento equivalente se incluyó con la expedición del Decreto 358, esto es, desde marzo de 2020; de ahí, que desde esta fecha se deba contar con el documento equivalente referido.