Es imperativo preguntarnos como profesionales de la contaduría pública o administradores y dueños de empresa, ¿Qué es específicamente necesario para realizar un Cierre Fiscal adecuado? Frente a los posibles eventos que afecten directamente a las compañías que contratan nuestros servicios.
Algunas veces, o tal vez, de forma recurrente, nos encontramos con ciertas particularidades que hacen aún más complejo el determinar, si el Cierre Fiscal que realizamos está completo, o si, por el contrario, debemos ser más eficientes y buscar un método que nos permita ofrecer mejores soluciones.
Por lo anterior, es momento de evaluarnos y posicionarnos como profesionales estratégicos, que investigan y preparan un Cierre Fiscal que se ajuste a las necesidades de las compañías y a las responsabilidades adquiridas con la administración de impuestos.
A continuación algunos tips que considero fundamentales para generar un Cierre Fiscal no solo suficiente, si no, ¡exitoso!
Reconocimiento del Impuesto Diferido
El Impuesto Diferido tiene como objetivo la determinación más apropiada del resultado anual y así mismo permite hacer correcciones respecto a las normas locales en cuanto a impuesto se refiere, en este caso, al impuesto de renta.
Cabe resaltar que el cálculo, de manera general, depende del análisis a aquellas partidas que pueden generar diferencias entre IFRS y la norma fiscal. Para entenderlo mejor se da a continuación un breve resumen.
Reconocer un pasivo por impuesto diferido:
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- Cuando la base contable es mayor que la fiscal en cuentas de naturaleza débito. Ejemplo: Valoración de activos fijos, valoración de cuentas por cobrar en moneda alterna, intereses presuntos de los socios.
- Cuando la base contable es menor que la fiscal en cuentas de naturaleza crédito. Ejemplo: Cuando la depreciación acumulada y/o deterioros acumulados, son menores que la base fiscal.
Reconocer un activo por impuesto diferido:
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- Cuando la base contable es menor que la fiscal en cuentas de naturaleza débito. Ejemplo: Avalúo catastral puede generar que contablemente el activo sea menor.
- Cuando la base contable es mayor que la fiscal en cuentas de naturaleza crédito. Ejemplo: cuando la depreciación o provisiones son mayores contablemente que lo fiscal.
Las diferencias resultantes de este ejercicio deberán ser sometidas a la tarifa del impuesto de renta para el año gravable siguiente, el resultado de este se reconocerá contablemente. Finalmente, se revelará en los estados financieros correspondientes.
Cabe resaltar que, el Impuesto Diferido afecta en gran medida lo estipulado en el artículo 240-6 del estatuto tributario, lo cual crea serios debates. Algunos de ellos a continuación:
Tasa mínima de Tributación
En la reforma tributaria, la ley 2277 del año 2022 trajo consigo el artículo 240-6. Un tema bastante amplio que nos deja muchas inquietudes y algunas discrepancias frente a lo establecido en la tasa de tributación depurada y a lo que indican las IFRS frente al Impuesto Diferido.
Sin embargo, para atender algunas de las inquietudes, la TTD (tasa de tributación depurada) se debe calcular sobre una utilidad contable depurada, es decir, que las empresas deberán pagar impuestos, al menos sobre el 15% de esta base, pero, ¿Cómo llegamos a esta base?, el estatuto contiene la fórmula específica para poder calcular la TTD y con esto poder determinar: si el impuesto a pagar, después de calculado con la renta líquida, en la depuración del impuesto de renta, es inferior al 15% de la TTD, se deberá entonces pagar un impuesto adicional.
Inicialmente, puede crear mucha confusión, y adicionalmente generar ciertas complicaciones a aquellas compañías que manejen ingresos por estimaciones, como por ejemplo las copropiedades o cajas de compensación.
Las compañías pueden llegar a tener una cantidad de rubros de ingresos muy amplios, los que no necesariamente deben ser tenidos en cuenta en la base fiscal, como son los contemplados en el art. 28 del ET, o como por ejemplo la diferencia, en cambio, no realizada, que genera indiscutiblemente diferencias entre la utilidad contable y la fiscal; lo que al final ocasiona una utilidad fiscal menor a la contable, haciendo que las empresas tengan que pagar aún más impuestos de lo que tal vez se presumía.
Existe el debate frente a, si la utilidad contable es antes o después de impuestos, puesto que la reforma no es del todo precisa respecto al cálculo “tradicional” que hemos realizado durante los últimos años. Para el ejemplo se tomará que sea la utilidad antes de impuestos, una vez concluido que la base fiscal es inferior a la TTD, se deberá agregar el 15% de impuesto sobre dicha base, adicionando el 35% de renta.
Límite de pagos en efectivo para el año gravable 2023
La sentencia 26676 de 19 de julio de 2023 rescató aquellos pagos que se realizaban en efectivo y que durante el año acumulado, si superara las 100 UVT, la diferencia no sería deducible en la depuración y cálculo del impuesto de renta. Esta sentencia del consejo de estado, elimina este límite al considerarse “extralimitado”. Sin embargo, aquellos pagos que se hayan realizado antes de dicha sentencia deberán someterse al concepto de la administración de impuestos (DIAN), la cual indicó que de superarse las 100 UVT por proveedor individualmente acumulado durante el año gravable, se deberá rechazar su deducibilidad.
Dejando así que los límites serán estipulados en el art. 771-5 del ET, que explica una depuración en la que se deben tener en cuenta varios factores. Sin embargo, el que aplica para este TIP es el de aquellos pagos que se realizaron en efectivo o como lo indica la norma “no bancarizados”, serán sometidos a 3 filtros fundamentales para su determinación deducible en la depuración del impuesto de renta:
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- Los pagos acumulados en efectivo deben ser inferiores a 40.000 UVT, es decir, $ 1.696.480.000.
- Deben ser inferiores al 35% de los costos totales, (incluyendo nómina, depreciaciones).
- Deben ser inferiores al 40% de los pagos realizados por cualquier medio, sea bancarizado o no bancarizado.
El objetivo de estos límites es el de bancarizar, lo que significa que se asegure que aun los pagos en efectivo, entren a una cuenta bancaria del proveedor, incluyendo Nequi o Daviplata. Adicionalmente, la norma permite que algunos pagos en efectivo sean tomados como deducibles en su totalidad, como por ejemplo los pagos de peajes, pagos en zonas mineras o incluso pagos a operadores de juegos de suerte y azar.
Es muy rescatable de la norma indicar que los pagos en zonas mineras sean deducibles, ya que se sabe que los lugares en los que se realizan estas actividades, las entidades bancarias son muy escasas o simplemente no tienen el alcance de bancarizar dichos pagos.
Otros puntos importantes a tener en cuenta en un Cierre Fiscal:
- El reconocimiento o estimación del valor residual y su efecto tributario.
- Errores contables o devoluciones en ventas de periodos anteriores y su corrección o legalización en el periodo actual.
- Conciliación de los documentos electrónicos generados y recibidos.
- Elaboración y presentación de la conciliación fiscal con el formato 2516.
- Valoración de propiedades de inversión o activos fijos productivos.
He querido dar detalles, lo más precisos posible, sobre aquellos aspectos que generen complicaciones y dudas respecto a lo que considero, “el momento, o la época más importante en nuestra profesión contable durante el año fiscal”.
De acuerdo a lo anteriormente expuesto podemos ver, que como profesionales es nuestra obligación y compromiso mantenernos constantemente actualizados, aprendiendo sobre nuestros clientes, nuestros líderes, nuestras leyes, decretos, sentencias y conceptos. De esta forma tendremos una visión más clara de lo que se nos viene con las posibles futuras reformas, y poder dar así respuestas seguras y confiables, cuestionando aquello que nos genera duda, fomentando el debate para poder sacar conclusiones que contribuyan y nos permitan cumplir con las necesidades de nuestros clientes y con sus respectivas responsabilidades fiscales y contables.
Recuerda que en Russell Bedford cuentas con un equipo contable y tributario altamente capacitado, así como en constante actualización para atender de manera profesional las necesidades de nuestros clientes.
Si aún no eres parte de nuestros clientes, no dudes en contactarnos, ¡cuéntanos cómo podemos ayudarte para ir más lejos!