TRANSACCIONES DE COMMODITIES
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), emitió proyecto de resolución acerca del procedimiento que se debe seguir respecto del registro de los acuerdos de transacciones de Commodities, a través de los servicios informáticos de la DIAN.
La resolución aplica para los contribuyentes que hayan suscrito contratos o acuerdos sobre operaciones de Commodities y que con ocasión del artículo 260 – 3 del Estatuto Tributario y el artículo 1.2.2.2.4.1. del Decreto 1625 de 2016 se encuentren obligados a registrar dichos acuerdos, haciendo uso de los sistemas informáticos de la DIAN.
El registro debe hacerse a través del formato No. 2573 “Registro Acuerdo por Commodities”, en donde se debe suministrar la siguiente información:
- Identificación del Solicitante.
- Especificaciones de la Solicitud.
- Información de las partes que intervienen en el acuerdo.
- Información del Contrato.
- Condiciones de Entrega.
- Tipo de moneda.
- Precio Fijo.
- Precios Variable.
- Condiciones adicionales del precio.
Por otro lado, en caso de modificaciones, reemplazos o correcciones al registro o al acuerdo, estos deberán hacerse por el contribuyente dentro del mes calendario siguiente a la fecha en que se presenten alguna de las siguientes situaciones:
- Inconsistencia o errores en el registro.
- Modificaciones al acuerdo inicial registrado.
- Cuando el archivo registrado contenga errores.
Por su parte, el plazo para realizar el registro del acuerdo por parte de los contribuyentes será dentro del mes calendario siguiente a la fecha de suscripción del contrato o con anterioridad a la realización de la primera entrega del Commodity, lo que ocurra primero.